Dante Aguinaldo Alarcón Delgado (PL), conjuntamente con Lisset Estelita Yrigoin Vásquez (APP), son los regidores que estamparan su firma en la solicitud de suspensión e invitaran a los 5 regidores de la mayoría, para que se adhieran a la petición de mandar a su casa al borrachín y lisuriento alcalde, Julio Lazo Pomares, “por 90 días”, según el concejal
“Es una vergüenza para todos los pomalqueños lo que está pasando por culpa del alcalde Julio Lazo Pomares. Esto es muy grave; esto no puede pasar desapercibido por el Concejo Municipal. Hay un Reglamento Interno y en base a ello pediremos la suspensión por 90 días” indicó el regidor Alarcón delgado.
Efectivamente, Julio Néstor Lazo Pomares, coloco a Pomalca en la pantalla nacional, no por su actuación como buen vecino o alcalde del distrito; sino, por su proceder de vulgar borracho y boca sucia, que hasta la “urraca” Magaly Medina se ocupó del horrible espectáculo, que ofreció en la comisaria.
De hecho, la población de la ex cooperativa, siente vergüenza ajena por lo sucedido. Por lo mal parados que los ha dejado el borrachin, que ya ha acumulado otras faltas y esta bajo sospecha, por la ejecución presupuestaria, aparentemente blindada por sus compañeros apristas.

Por esa razón, la indignada población también se pregunta ¿Cómo actuaran lo regidores apristas Amancio Salazar Dávila, Alexandra de Nazareth Llanos Vásquez, Dioni Edith Media Guevara, María Magdalena Cepedas Mora y José Giancarlos Juárez Suyón; cuando se someta a votación la suspensión de Lazo Pomares?
El artículo 18° del RIC, aprobado por Ordenanza Municipal N° 06-2016-MDP con modificaciones e incorporaciones, respecto a faltas y sanciones, por Ordenanza Municipal N° 03-2017-MDP, dice lo siguiente:
“Los actos de indisciplina cometidos por los miembros del concejo Municipal, en el ejercicio de sus funciones pueden ser sujetos de las siguientes sanciones: 1) con amonestación escrita y reservada 2) con amonestación pública y 3) con suspensión en el ejercicio del cargo por un plazo máximo de 30 días”
Con toda la fea historia que ya se conoce protagonizada por Lazo Pomares, la falta cometida encajaría como “grave” según el artículo 18-C.

Pero ¿Cuál de los 14 incisos del artículo en mención a infringido el burgomaestre?
Centinela consulto al abogado José Félix Castillo (que es abstemio por si acaso, no como Julio Néstor), respecto al RIC. Explica, que este código de conducta de los regidores “es muy genérico; sin embargo, existen presupuestos como la moral, la ética, las normas y leyes que, sobre todos, las autoridades están doblemente obligadas a respetar”
Siendo así, Julio Néstor Lazo Pomares podría ser suspendido por:
d) Los actos deliberados que afecten la honorabilidad de los miembros del concejo, funcionarios y/o servidores de la institución
g) Los actos de inmoralidad y acoso sexual debidamente comprobados
i) La trasgresión y/o omisión de cumplimiento de directivas, resoluciones y leyes nacionales
k) Faltarle el respeto por escrito o verbalmente al acalde, servidores o a cualquier funcionario
Veamos, ¿Afectan o no a los miembros del concejo, funcionarios, servidores y a toda la institución los actos cometido por el alcalde?
¿Es un acto de inmoralidad la mala conducta que todos los peruanos han visto en la televisión y redes sociales?
“Un acto inmoral, por lo general, conlleva consecuencias negativas para el entorno social de las personas que la realizan o para la persona misma. La sociedad, en aras de hacer respetar el código moral, culpabiliza y margina a las personas que realizan actos inmorales” nos dice la psicóloga Jennifer Delgado Suárez
Lazo Pomares conducía su vehículo en completo estado de ebriedad que lo condujo a un accidente automovilístico. De milagro se salvó. Preguntamos ¿A trasgredido el cumplimiento de directivas, resoluciones y leyes nacionales?
Por último, ¿Le ha faltado el respeto a un funcionario? El policía lo es, y el Perú entero lo ha visto y escucho con espanto, lo que le salió de la boca del alcalde de Pomalca.
Dante Aguinaldo Alarcón Delgado, dijo a Centinela, que el día martes a más tardar, remitirá a la secretaría general de la MDP, vía virtual su petición, para mandar a su casa 90 días al lisuriento borrachín, aunque el RIC dice 30 días.