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martes, diciembre 3, 2024

Licitación de compactadoras de la MPCh, es ilegal y mafiosa

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Proceso se elaboró al márgen de la ley de Contrataciones, para favorecer a determinado postor que entregara camiones Donfeng, de procedencia China.

[PUBLICADA 14MARZ2021]

RECUPERADA 15 DE MARZO DEL 2022

Un nuevo escándalo de presunta corrupción, al interior de la Municipalidad Provincial de Chiclayo (MPCh), pone en evidencia otra vez, la comprometida apatía, del oficialista concejo edil, al descubrirse, que el proceso de licitación para la compra de 7 compactadoras, fue elaborado y aprobado de manera ilegal, para favorecer la sobrevaloración y direccionamiento, de determinada marca china.

La compra de compactadoras, siempre ha rondado en la cabeza del alcalde Marco Gasco. El primer intento, termino en lo que se conoce, como el caso Veolia. El segundo, con la ilegal “Declaratoria en situación de emergencia, por la insuficiente capacidad operativa de la maquinaria…” aprobada por mayoría (9 regidores), en sesión de concejo del 22ENE2021.

Y es precisamente el Acuerdo de Concejo N° 04-2021-MPCH/A, el que sirve de “sustento” para impulsar, en primera convocatoria, la Licitación Pública N° 001-2021-MPCH-CS, para la adquisición de 7 compactadoras. 

 ¿Qué aprobaron los regidores?

Desde el inicio de esta gestión, uno de los serios problemas, que no ha podido resolver el alcalde Marco Gasco Arrobas, es la limpieza pública.

Para hacerlo, intento de todo; incluso, pensó que al contratar a un exalcalde y exministro; compañero suyo de vieja militancia aprista, podría solucionarlo. El compañero Juan José Salazar García fracaso.

El 22ENE2021, 9 concejales del oficialismo, aprobaron la “Declaratoria en situación de emergencia por insuficiente capacidad operativa de la maquinaria y a las limitaciones de recursos humanos que tiene la Municipalidad Provincial de Chiclayo en la actualidad para el recojo de los residuos sólidos, por el plazo que dure el estado de Emergencia Sanitaria, decretada por el Gobierno central” (¡vaya nombrecito!).

 

Junior Leyson Vásquez Torres, Felipa Roxana Orosco Nuntón, Ricardo Guillermo Lara Doig, Pedro Ernesto Ubillus Falla, Carlos Montenegro Gonzales; así como, Maria Nela Berna Cleghorn Javier Fernando Montenegro Cabrera, José Luis Nakamine Kobashigawa y Andrés Calderon Purihuaman, fueron los regidores que votaron a favor de la declaratoria de emergencia

Se abstuvieron: Percy Milton Espinoza Gonzales, Jony Guillermo Piana Ramírez, Andrés Orlando Puell Varas, Jackeline Pamela Alva Carranza, Lucy Karina Villegas Campos y Randy Vegs Diaz.

Como se podrá apreciar, el motivo principal, sobre el cual supuestamente, se sustentaba la declaratoria de emergencia era “la insuficiente capacidad operativa de la maquinaria” es decir, otra vez, la figura de la carencia e inoperatividad de vehículos (compactadoras), según los siguientes informes:

  1. Informe N°013-2021-MPCH/GDA, del 13ENE2021, de la Gerencia de Desarrollo Ambiental
  2. Informe N°033-2021-MPCH/SGGRS, del 13ENE2021, de la Sub Gerencia de Gestión de Residuos Sólidos,
  3. Informe N°701-2020-MPCH/SGGRS, del 24DIC2020, de la Sub Gerencia de Residuos Sólidos, e
  4. Informe N°704-2020MPCH/SGGRS, del29DIC2020, de la Sub Gerencia de Residuos Sólidos.

Estos mismos informes, sirvieron de insumo, para que Comisión de Asuntos legales, que preside el oficialista Junior Leyson Vásquez Torres e integran los concejales, Andrés Calderón Purihuaman Ricardo Guillermo Lara Doig, suscriban el 21ENE2021 (un día antes de la sesión), el Dictamen N°003-2021-MPCH/CAL que recomendaba lo siguiente:

Artículo Primero: Recomendar, la “Declaratoria en Situación de Emergencia por insuficiente capacidad operativa de la maquinaria y a las limitaciones de recursos humanos que tiene la Municipalidad Provincial de Chiclayo en la actualidad para el recojo de los residuos sólidos, por el plazo que dure el estado de Emergencia Sanitaria, decretada por el Gobierno central”

En realidad, el Informe N° 701-2020-MPCH/SGGRS, del 24DIC2020, que suscribió el jefe de la Subgerencia de Residuos sólidos Lic. Gino Chaname Diaz, es el que propone la “Reposición de camión compactador para el servicio de recolección de residuos sólidos”

Por cierto, Gino Chaname Diaz, es licenciado en biología y botánica; experto en jardinería urbana.

Y es justamente ese mismo informe, 701-2020, entre otros, el que tuvieron a la vista los regidores, el 22ENE2021, día de la sesión de concejo y que ahora, es el documento fundamental, sobre el cual se sustenta las bases, para Licitación Pública N° 001-2021-MPCH-CS, conforme se puede apreciar en el siguiente gráfico.

Las bases fueron aprobadas el 16FEB202, mediante Resolución de Gerencia Municipal N.º 672021-MPCH/GM, de la Gerencia Municipal, es decir, por el Ing. Juan José “Chiquitín” Salazar García.

Hasta aquí todo aparentemente está bien, si no fuera porque, al considerar en las bases de la licitación, el Informe N° 701-2020-MPCH/SGGRS se ha trasgredido la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado, Ley N° 30225, Decreto Legislativo N° 1341 -que modifica la Ley N° 30225- y el Decreto Supremo N° 056-2017-EF -que modifica el Decreto Supremo N° 350-2015-EF-, cuyas disposiciones son de aplicación obligatoria.

En otras palabras, el artículo 26° del Reglamento, señala que el Órgano encargado de las Contrataciones (OEC), o el Comité de Selección (según sea el caso), deberá elaborar los documentos del procedimiento (BASES), empleando obligatoriamente dos insumos:

  1. Los documentos estándar aprobados por el OSCE; y
  2. Las Especificaciones o Requerimientos técnicos mínimos; o Términos de referencia, que forman parte del contenido del expediente de contratación, y que, de acuerdo, con el artículo 22° del Reglamento, al momento de elaborar los documentos del procedimiento, ni el OEC, ni el Comité de selección, puede alterar, cambiar o modificar la información del expediente.

En este caso, en ninguna de 4 páginas del Informe N° 701-2020-MPCH/SGGRS, que es el sustento de las bases (que aprobó JJ Salazar García), para la Licitación Pública N° 001-2021-MPCH-CS, no existen Requerimientos técnicos mínimos (RTM), para laADQUISICIÓN DE CAMIÓN COMPACTADOR.

El Reglamento define a los RTM como la “descripción de las características técnicas y las condiciones en que se ejecuta la contratación de servicios en general, consultoría en general y consultoría de obra”.

Asimismo, el numeral 2 del artículo 31° del Reglamento, establece que la propuesta técnica presentada por los postores debe contener, entre otros elementos, la documentación que acreditará el cumplimiento de los RTM.

Como se puede advertir, los RTM, que debe acreditar el postor a través de los documentos presentados en su oferta, son aquellos que se indican en las Bases.

En segundo lugar, en el apartado 2.8, del Resumen Ejecutivo de las actuaciones preparatorias de la Licitación Pública N° 01-2021-MPCH, respecto al requerimiento del Área usuaria, (encargada de elaborar Especificaciones técnicas mínimas),se ha consignado el Informe N° 318-2021-MPCH/SGLyCP, del 29ENE2021, de la Subgerencia de Logística, aparentemente, serían los RTM.

Sin embargo, de acuerdo con el numeral 8.6. del artículo 8 del Reglamento, el área usuaria es la dependencia que cuenta con los conocimientos técnicos necesarios, para definir las características técnicas de los bienes, servicios y obras que se habrán de contratar. Por tal razón, el área usuaria es la responsable de la adecuada formulación del requerimiento.

En este caso, la subgerencia de logística no es el área usuaria que la Ley y el reglamento definan como la responsable para la elaboración de los RTM.

Centinela sometió a consulta las bases de la Licitación Pública N° 01-2021-MPCH con un especialista que pidió reserva en su nombre. Estas son sus conclusiones:

Este periodista requirió al Gerente Municipal Juan José Salazar García, una entrevista. Chiquitín no respondió. Igualmente, a través de WhatsApp enviamos al funcionario, un cuestionario de preguntas; tampoco respondió. ¿Será cierto eso de que, el que calla otorga?

Ante este descubrimiento, al compañero JJ Salazar, le quedan dos opciones: o renuncia a su cargo, o se calla, y se colude con la mafia que pretende seguir burlándose de los chiclayanos.

A los regidores en general, o piden que se anule el proceso, se denuncie a los responsables o siguen cubriendo la pestilente corrupción, que huele como la basura en las calles, que nos jode a todos.

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