En un acto que desafía no solo la ética democrática sino la estricta legalidad vigente, la precandidata Zoraida Rivera Pasco, militante del Partido Aprista Peruano y hermana del actual alcalde distrital Daniel Aquiles Rivera Pasco, ha sido captada en flagrante vulneración de las normas electorales.
¿por el día de la madre?
El escenario de la infracción no pudo ser más elocuente, so pretexto del día de la madre, la entrega masiva de bolsas de alimentos cargadas de propaganda partidaria, una práctica que la Ley de Organizaciones Políticas busca erradicar para evitar la compra de conciencias en los sectores más vulnerables de Lambayeque.
Los hechos, documentados en videos y fotografías difundidos inicialmente por la plataforma informativa «Olmos Ya», revelan una logística proselitista desplegada con total impunidad.

pese a prohibición
En las imágenes se observa a Zoraida Rivera Pasco distribuyendo víveres directamente a madres de familia en la zona rural de olmos. Lo que agrava el cuadro punible es que cada bolsa de alimentos llevaba adherida propaganda del Partido Aprista Peruano, vinculando indisolublemente la ayuda humanitaria con la intención de voto para las próximas elecciones municipales del 4 de octubre de 2026.
Este caso representa el primer hito de infracción electoral de este proceso en la región, marcado por un preocupante trasfondo de poder familiar. Resulta inverosímil para la opinión pública que el alcalde en ejercicio, Daniel Rivera Pasco, desconociera las actividades de su propia hermana en el distrito que él administra y mas aún, siendo él -según se comenta- el que habría convencido a su hermana para que se inscriba y postule a las elecciones municipales.
Por estas razones la interrogante que flota en el aire de Olmos es incendiaria: ¿Se estarían utilizando recursos o la estructura política de la municipalidad para ayudar en la campaña electoral a la hermana del burgomaestre?
Blindaje jurídico fallido
En medio del escándalo, una voz salió en defensa de la infractora bajo un argumento que hoy se desmorona ante el análisis técnico-legal. El reconocido abogado lambayecano Hugo Lamadrid intentó minimizar los hechos afirmando públicamente que la sanción no alcanzaría a la implicada por ostentar, supuestamente, la condición de «precandidata» y no de candidata oficial.

La opinión de Lamadrid, en las redes sociales, pretendía crear un vacío legal inexistente. Sin embargo, este intento de blindaje ha sido calificado como un error jurídico elemental o, peor aún, una interpretación interesada.
El sustento del error es claro. La Resolución N.º 0845-2025-JNE, en su artículo 5, literal c, define sin margen de ambigüedad que se considera «Candidato» a todo ciudadano que tenga su candidatura inscrita para participar incluso en las elecciones primarias.

Al estar Zoraida Rivera inscrita en una lista única para las internas apristas, el marco de prohibiciones del Artículo 42 de la Ley N.º 28094 ya la envuelve por completo. No existe «licencia para regalar» por estar en fase de primarias; la ley electoral no reconoce zonas de impunidad temporal.

Conflicto de intereses
La postura del abogado Lamadrid no solo es legalmente insostenible, sino que parece estar contaminada por hilos de poder que regresan siempre al mismo punto, la Municipalidad Distrital de Olmos.
Esta confirmado que un familiar muy cercano del letrado presta servicios en la gestión de Daniel Rivera Pasco, hermano de la candidata cuestionada. Este vínculo laboral expone un evidente conflicto de intereses que resta cualquier objetividad a su análisis.
Preguntamos, ¿Es la opinión de un jurista independiente o la de una persona que busca proteger la estabilidad laboral de su familiar defendiendo al clan Rivera Pasco? En Olmos, la respuesta parece ser un secreto a voces.
¿Exclusión a la vista?
El Artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas (LOP) establece la prohibición absoluta de entregar, prometer u ofrecer dinero, regalos, alimentos o medicinas. La infracción contenida en fotos y videos es contundente; es una vulneración directa a la equidad de la contienda.
Las sanciones que enfrenta Zoraida Rivera Pasco no son simbólicas, el JNE contempla multas que ascienden hasta las 30 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) y, en casos de gravedad o reincidencia, la exclusión definitiva de la carrera electoral.

indubitable la infracción a la ley cometida por Zoraida Rivera
Para la justicia electoral, no importa la territorialidad del denunciante. Cualquier ciudadano, sea de Olmos, Chiclayo, Lima o cualquier parte del país, tiene la legitimidad para activar los mecanismos de fiscalización.
La defensa de la democracia exige que la ley se aplique con el mismo rigor para todos, especialmente cuando el poder familiar intenta convertir la necesidad pública en un botín electoral. Zoraida Rivera Pasco ha quedado expuesta, y con ella, un sistema de dádivas que el Perú ya no está dispuesto a tolerar.
El caso seguramente llegara a manos del JEE. El desenlace de este problema en el que se ha embarcado la candidata marcará un precedente histórico, o se sanciona con firmeza el uso de dádivas en primarias, o se permite que el nepotismo político termine por sepultar la integridad de las elecciones municipales de 2026. Las fotografías y videos no mienten y la ley es clara. Solo falta que la autoridad electoral actúe antes de que el daño a la voluntad popular sea irreversible.

