A ocho días, que se cumpla un año, cuando el comunero Martin Puse Monja, presentara ante el Tribunal Constitucional (TC), una acción de amparo, por la elección fraudulenta que le robo el triunfo del 12DIC2021, en la Comunidad campesina Santo Domingo de Olmos (CCSDO); la entidad programó para este jueves 28SET2023, a las 10 a.m. en la Sala 2, la vista de la causa
Segun un especialista en derecho constitucional, que conoce el caso, «es más que seguro, que la decision de los magistrados del TC, pondrá fin, a 9 años al cuestionado gobierno comunal, en manos de la Lista Celeste»
¡Por fin!
“Gracias a Dios, por fin el TC emitirá sentencia sobre la acción de amparo, que fijara el rumbo de nuestra comunidad” comentó el comunero Daniel Ruiz Solís, al enterarse de la programación de la audiencia.
Y es que el dilatado tiempo que se ha tomado el TC, para programar audiencia para el CASO N° 04150-2022-AA, había levantado serias sospechas, sobre una supuesta interferencia de presuntos operadores de la mafia celeste, que habrían aceitado favores, para postergar la vista de la causa, hasta después de las elecciones comunales de este año.
El objetivo, obviamente, con el mismo método del pasado que implementaron los forajidos celestes: continuar en el poder para seguir traficando terrenos y apropiarse del millonario botín de las expropiaciones.
La Sala Segunda está presidida por el magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse e integrada por los magistrados Francisco Morales Saravia y Helder Domínguez Haro. Los 35 mil comuneros de la CCSDO, tienen cifradas sus esperanzas en la experiencia y probidad de los tribunos que conforman la Sala 2.
Todo Nulo
Si el TC confirma la resolución CINCO, del 18ABR2022, que declaro fundada la demanda constitucional (Exp. 02722-2021-0-1708-JR-CI-01), Esgar Purihuaman Diaz -el juez de la causa- confirmaría la nulidad de las elecciones del 12DIC2021, convocaría nuevas elecciones. El espurio presidente Santos Montaban ya no podrá convocar, más bien tendría que dejar el local comunal y rendir cuentas de todos los actos ilegales que ejecutó.
“Nulo el proceso electoral realizado el 12 de diciembre del 2021 (…), Reponiendo, las cosas al estado anterior a la vulneración del derecho a elegir y ser elegido, previsto en el 17 del artículo 2do de la constitución política del Perú (…), Se ordena dar a conocer la nulidad del proceso a la Asamblea General de delegados a efectos de que proceda conforme a sus facultades, esto es de conformidad con el artículo 121 del Reglamento de elecciones comunales, directiva comunal y delegaturas sectoriales periodos 2022 – 2023”
Oyola sin piso
Después de la memorable audiencia, en la que el juez de Motupe, Esgar Purihuaman Diaz, hizo trizas con su interrogatorio, a TITO OYOLA MONJA, expresidente del comité electoral, de la CCSDO, que confirmó el fraude que le robo el triunfo a Martin Puse, al no contabilizarse 8 actas electorales, de igual número de sectores comunales.
Los olmanos fueron testigos, del perspicaz interrogatorio al que fue sometido TITO OYOLA, quien, no supo que decir, cuando el juez, le increpo, que, al no contabilizar las 8 actas de las elecciones pasadas, él, y los miembros del comité, habían violado el derecho constitucional de elegir y ser elegidos.
En total, fueron 158 votos a favor de la Lista Roja, con lo que el triunfo de Martin Puse Monja estaba descontado. Tito Oyola y su clan tendrán que ser denunciado penalmente
Armaron fraude
Esta ilegal acción, se materializó en el escrutinio, al no incluir las actas de los sectores Alto de Roque, Ancol Cautivo, Corral de Arena, Corazón de Jesús, El Imperial 2; El Muerto, Ficuar y Sequión, que representa más de 1000 comuneros.
Entonces, con la resolución N° OCHO, el juez ordena reponer las cosas, “al estado anterior a la vulneración del derecho a elegir y ser elegido” es decir, cuando Jorge Tito Oyola Monja, Luis Ricardo Torres Carrasco y Hugo Becerra Benites, ejecutaron el plan mafioso para despojar del triunfo electoral, al candidato de la lista Roja, Martín Puse Monja. El fraude estaba preparado.
Sabido es, que el 22 de abril del 2022, el abogado defensor de los forajidos, interpuso recurso de apelación, contra la sentencia número CINCO. En el mismo afán, el 13 de mayo del 2022, los demandados Jorge Tito Oyola Monja, Luis Torres Carrasco y Hugo Becerra Benites, interpusieron también apelación contra la misma demanda, Los argumentos de los demandados se escudaban, en una supuesta “situación irreversible o daños desproporcionados”
Sentencia prevaricadora
Recordemos también que en este caso jueces que han visto la causa, habrían jugado en pared con la peste celeste. -Recordemos que el 18 de julio del 2022, los magistrados Carlos Alfonso Silva Muñoz, Edilberto Rodríguez Tanta y Hector Conteña Vizcarra de la Segunda Sala Civil, resolvieron; sin ningún rubor, con argumentos insustanciales, declararon infundada la demanda constitucional de amparo, en consecuencia, revocaron la sentencia (resolución n° 5), del 18.04.2022 que declaró, fundada la demanda iniciada por Martin Puse y otros.
En resumen, en las 28 páginas panca, de la Sentencia 367 (resolución n° 13), para el trio de hombres de leyes ‘encargados de impartir justicia’ lo sucedido el dia de las elecciones comunales, fue de los más normal: a ningún comunero se vulnero el derecho constitucional de elegir y ser elegido porque (esto es lo más asqueroso, aberrante y descarado) “la actuación del comité electoral ha sido correcta al no computar actas que no se habían presentado en original”.
Así lo afirmaron en su sentencia, los magistrados Carlos Alfonso Silva Muñoz, Edilberto Rodríguez Tanta y Edilberto Rodríguez Tanta.
Con la seguridad de que la verdad y la justicia se impondrá; la salida del ilegítimo directivo SANTOS EFRAIN MONTALBAN NUÑEZ, y la banda criminal que ha gobernado en los últimos 9 años, es cuestión de tiempo.
¡DIOS AMPARE A LA COMUNIDAD CAMPESINA SANTO DOMINGO DE OLMOS!