Qué duda cabe ahora, que por información privilegiada que poseía, probablemente, la congresista Susel Paredes (ID), fue una de las primeras en solicitar a la UAP, las tesis de maestría y doctorado, cursadas por la fiscal Patricia Benavides. Ese pedido prendió los fuegos artificiales en medios de comunicación; incluso haciendo uso de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información.
En un comunicado -en vez de apagar el fuego- la UAP, respondió, que en sus registros no existía información sobre esos documentos. El asunto es que, así continúen “extraviadas” las tesis de la doctora Benavides, la obtención de esos gados académicos es un escándalo.
Requisitos básicos
Para postular a un grado académico en el sistema universitario (en realidad, en cualquier sistema de estudios o de méritos) se tiene que cumplir con la exigencia de presentar un expediente que acredite el cumplimiento de determinados requisitos básicos. Esto, en arreglo a lo dispuesto en el TUO de la Ley Nº 27444, ley del procedimiento administrativo general, que aplica para las entidades públicas como privadas que dan servicios públicos.
Cuando un egresado, por ejemplo, postula para la obtención de su título profesional tiene que demostrar que, entre otros requisitos, concluyó los cursos que exige la currícula (con el respectivo certificado de estudios) y que ha obtenido el grado de bachiller (con el respectivo diploma)
Es de conocimiento general que con el grado de bachiller se puede postular a una maestría de especialización (para profundización de conocimientos) o a una maestría académica (que exige una investigación original). También se conoce que el proceso para obtener certificados y diplomas en una universidad es un vía crucis para la mayoría de los interesados.
Comunicado demoledor de la UAP
La universidad alas peruanas, en proceso de liquidación, ha emitido el pasado 23 de marzo un comunicado en el que informa, con copia del acta respectiva, que la “doctora” patricia Benavides Vargas “sustentó y aprobó su grado de maestría el 18 de julio del 2008”; y que sustentó y aprobó su grado de doctor el 4 de diciembre del 2009. (“Obtuvo el título de doctor” dice confusa y contradictoriamente el comunicado).
Pero también afirma que “la expedición de sus títulos fue un trámite administrativo que se realizó de este modo: el 29 de septiembre del 2009 se expidió el título de maestro en derecho, y el 29 de diciembre del 2009 se expidió el título de doctor en derecho a nombre de la Dra. Patricia Benavides Vargas.”
La obtención del grado de magister tiene visos de tramitación correcta. Entre la sustentación-aprobación del grado (18-07-08) y la expedición del título (29-09-09) transcurrió un año y dos meses. La demora puede obedecer a los pasos burocráticos, pero es explicable.
Sin embargo, entre la expedición del título de magister (29-09-09) y la expedición del título de doctor (29-12-09) transcurrieron apenas tres (03) meses. Este hecho es imposible en términos formales y legales. Ello debido a que para postular a un doctorado se requiere, entre otros requisitos, la presentación de un proyecto de investigación aprobado y, fundamentalmente, el grado (diploma, título o “cartón) de magister; no el acta de sustentación de este grado.
en consecuencia, la actual fiscal de la nación Patricia Benavides recién pudo postular al grado de doctor después del 29 de septiembre del 2009 e iniciar el difícil proceso –en el mejor de los casos por un lapso no menor de dos años- para lograr este anhelado grado académico. En consecuencia, y según confesión de la misma UAP, su grado de doctor en derecho es nulo.
Atajos fraudulentos.
Con la privatización de la educación por el régimen Fujimori se fomentó el “negocio” de los grados académicos, particularmente el de las maestrías express. Decenas de miles de grados otorgados en los últimos veinte años significaron millonarios ingresos a las universidades privadas y a las facultades de las universidades públicas. Los requisitos, para mantener estas ganancias, se relajaron hasta la ilicitud permitiendo a miles de estudiantes acceder como maestrantes sin haber obtenido el grado de bachiller sustentado en el diploma respectivo. La informalidad y la mal entendida autonomía permitían incorporar posteriormente este requisito en el expediente.
con la implementación del repositorio y el registro de los grados en este sistema se eliminó la posibilidad de “regularizar” esta anomalía y miles de maestrantes espurios perdieron dinero y tiempo en esta aventura.
Debe indicarse que después de cumplir con los requisitos para obtener el grado de bachiller, se forma un expediente que sustente esta demanda. Este recurso se remite a la oficina de grados y títulos de la universidad para, después de revisarlo y validarlo, acumularlo con otros expedientes presentados para tal propósito. Luego de ello remite estos expedientes a secretaría general con la finalidad de que se presente como agenda al consejo universitario, organismo que confiere (otorga) los grados y títulos correspondientes.
Después se caligrafían los diplomas para las firmas autorizadas y se entregan a los usuarios, quienes recién pueden afirmar que han obtenido el grado académico.
La falacia del repositorio
Con anterioridad a la ley universitaria 30220 (2014), era obligatorio la entrega de un ejemplar del informe final de investigación aprobado -o tesis- a la biblioteca de la facultad, otro a la unidad de investigación o de posgrado y otro al ministerio de educación. También se exigía una copia digital en formato de compact disk (cd).
El Registro Nacional de Trabajos de Investigación (RENATI) es un repositorio, es decir un espacio centralizado virtual –no físico- en el que se alojan los diferentes archivos digitales de los trabajos de investigación aprobados para lograr un grado académico y tiene como objetivo acceder a éstos a través de internet. Este repositorio fue implementado el año 2017.
Pero este repositorio no tiene ninguna relación con la imperativa obligación de mantener en custodia, por parte de una universidad, privada o pública, los informes de investigación de sus graduados.
Extraña intervención de la fiscalía
La fiscalía ha decidido “abrir investigación en sede fiscal por el plazo de 60 días en contra de la Universidad Alas Peruanas”, cuando ésta anunció que no cuenta con las tesis de la fiscal nacional, por el presunto delito “contra la administración pública en la modalidad de resistencia o desobediencia a la autoridad, en agravio del estado – tribunal de transparencia y acceso a la información pública». Pero también se ha negado a entregar estos documentos, ante un pedido de la congresista paredes, señalando que es información reservada de una alta funcionaria.
La contradicción entre información “reservada” y de “acceso público” debería resolverse para disipar dudas de una intervención para aclarar o, por el contrario, enturbiar el tema.