18.8 C
Lima
martes, septiembre 26, 2023
Inicio Blog

Licitación de compactadoras de la MPCh, es ilegal y mafiosa

Proceso se elaboró al márgen de la ley de Contrataciones, para favorecer a determinado postor que entregara camiones Donfeng, de procedencia China.

[PUBLICADA 14MARZ2021]

RECUPERADA 15 DE MARZO DEL 2022

Un nuevo escándalo de presunta corrupción, al interior de la Municipalidad Provincial de Chiclayo (MPCh), pone en evidencia otra vez, la comprometida apatía, del oficialista concejo edil, al descubrirse, que el proceso de licitación para la compra de 7 compactadoras, fue elaborado y aprobado de manera ilegal, para favorecer la sobrevaloración y direccionamiento, de determinada marca china.

La compra de compactadoras, siempre ha rondado en la cabeza del alcalde Marco Gasco. El primer intento, termino en lo que se conoce, como el caso Veolia. El segundo, con la ilegal “Declaratoria en situación de emergencia, por la insuficiente capacidad operativa de la maquinaria…” aprobada por mayoría (9 regidores), en sesión de concejo del 22ENE2021.

Y es precisamente el Acuerdo de Concejo N° 04-2021-MPCH/A, el que sirve de “sustento” para impulsar, en primera convocatoria, la Licitación Pública N° 001-2021-MPCH-CS, para la adquisición de 7 compactadoras. 

 ¿Qué aprobaron los regidores?

Desde el inicio de esta gestión, uno de los serios problemas, que no ha podido resolver el alcalde Marco Gasco Arrobas, es la limpieza pública.

Para hacerlo, intento de todo; incluso, pensó que al contratar a un exalcalde y exministro; compañero suyo de vieja militancia aprista, podría solucionarlo. El compañero Juan José Salazar García fracaso.

El 22ENE2021, 9 concejales del oficialismo, aprobaron la “Declaratoria en situación de emergencia por insuficiente capacidad operativa de la maquinaria y a las limitaciones de recursos humanos que tiene la Municipalidad Provincial de Chiclayo en la actualidad para el recojo de los residuos sólidos, por el plazo que dure el estado de Emergencia Sanitaria, decretada por el Gobierno central” (¡vaya nombrecito!).

 

Junior Leyson Vásquez Torres, Felipa Roxana Orosco Nuntón, Ricardo Guillermo Lara Doig, Pedro Ernesto Ubillus Falla, Carlos Montenegro Gonzales; así como, Maria Nela Berna Cleghorn Javier Fernando Montenegro Cabrera, José Luis Nakamine Kobashigawa y Andrés Calderon Purihuaman, fueron los regidores que votaron a favor de la declaratoria de emergencia

Se abstuvieron: Percy Milton Espinoza Gonzales, Jony Guillermo Piana Ramírez, Andrés Orlando Puell Varas, Jackeline Pamela Alva Carranza, Lucy Karina Villegas Campos y Randy Vegs Diaz.

Como se podrá apreciar, el motivo principal, sobre el cual supuestamente, se sustentaba la declaratoria de emergencia era “la insuficiente capacidad operativa de la maquinaria” es decir, otra vez, la figura de la carencia e inoperatividad de vehículos (compactadoras), según los siguientes informes:

  1. Informe N°013-2021-MPCH/GDA, del 13ENE2021, de la Gerencia de Desarrollo Ambiental
  2. Informe N°033-2021-MPCH/SGGRS, del 13ENE2021, de la Sub Gerencia de Gestión de Residuos Sólidos,
  3. Informe N°701-2020-MPCH/SGGRS, del 24DIC2020, de la Sub Gerencia de Residuos Sólidos, e
  4. Informe N°704-2020MPCH/SGGRS, del29DIC2020, de la Sub Gerencia de Residuos Sólidos.

Estos mismos informes, sirvieron de insumo, para que Comisión de Asuntos legales, que preside el oficialista Junior Leyson Vásquez Torres e integran los concejales, Andrés Calderón Purihuaman Ricardo Guillermo Lara Doig, suscriban el 21ENE2021 (un día antes de la sesión), el Dictamen N°003-2021-MPCH/CAL que recomendaba lo siguiente:

Artículo Primero: Recomendar, la “Declaratoria en Situación de Emergencia por insuficiente capacidad operativa de la maquinaria y a las limitaciones de recursos humanos que tiene la Municipalidad Provincial de Chiclayo en la actualidad para el recojo de los residuos sólidos, por el plazo que dure el estado de Emergencia Sanitaria, decretada por el Gobierno central”

En realidad, el Informe N° 701-2020-MPCH/SGGRS, del 24DIC2020, que suscribió el jefe de la Subgerencia de Residuos sólidos Lic. Gino Chaname Diaz, es el que propone la “Reposición de camión compactador para el servicio de recolección de residuos sólidos”

Por cierto, Gino Chaname Diaz, es licenciado en biología y botánica; experto en jardinería urbana.

Y es justamente ese mismo informe, 701-2020, entre otros, el que tuvieron a la vista los regidores, el 22ENE2021, día de la sesión de concejo y que ahora, es el documento fundamental, sobre el cual se sustenta las bases, para Licitación Pública N° 001-2021-MPCH-CS, conforme se puede apreciar en el siguiente gráfico.

Las bases fueron aprobadas el 16FEB202, mediante Resolución de Gerencia Municipal N.º 672021-MPCH/GM, de la Gerencia Municipal, es decir, por el Ing. Juan José “Chiquitín” Salazar García.

Hasta aquí todo aparentemente está bien, si no fuera porque, al considerar en las bases de la licitación, el Informe N° 701-2020-MPCH/SGGRS se ha trasgredido la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado, Ley N° 30225, Decreto Legislativo N° 1341 -que modifica la Ley N° 30225- y el Decreto Supremo N° 056-2017-EF -que modifica el Decreto Supremo N° 350-2015-EF-, cuyas disposiciones son de aplicación obligatoria.

En otras palabras, el artículo 26° del Reglamento, señala que el Órgano encargado de las Contrataciones (OEC), o el Comité de Selección (según sea el caso), deberá elaborar los documentos del procedimiento (BASES), empleando obligatoriamente dos insumos:

  1. Los documentos estándar aprobados por el OSCE; y
  2. Las Especificaciones o Requerimientos técnicos mínimos; o Términos de referencia, que forman parte del contenido del expediente de contratación, y que, de acuerdo, con el artículo 22° del Reglamento, al momento de elaborar los documentos del procedimiento, ni el OEC, ni el Comité de selección, puede alterar, cambiar o modificar la información del expediente.

En este caso, en ninguna de 4 páginas del Informe N° 701-2020-MPCH/SGGRS, que es el sustento de las bases (que aprobó JJ Salazar García), para la Licitación Pública N° 001-2021-MPCH-CS, no existen Requerimientos técnicos mínimos (RTM), para laADQUISICIÓN DE CAMIÓN COMPACTADOR.

El Reglamento define a los RTM como la “descripción de las características técnicas y las condiciones en que se ejecuta la contratación de servicios en general, consultoría en general y consultoría de obra”.

Asimismo, el numeral 2 del artículo 31° del Reglamento, establece que la propuesta técnica presentada por los postores debe contener, entre otros elementos, la documentación que acreditará el cumplimiento de los RTM.

Como se puede advertir, los RTM, que debe acreditar el postor a través de los documentos presentados en su oferta, son aquellos que se indican en las Bases.

En segundo lugar, en el apartado 2.8, del Resumen Ejecutivo de las actuaciones preparatorias de la Licitación Pública N° 01-2021-MPCH, respecto al requerimiento del Área usuaria, (encargada de elaborar Especificaciones técnicas mínimas),se ha consignado el Informe N° 318-2021-MPCH/SGLyCP, del 29ENE2021, de la Subgerencia de Logística, aparentemente, serían los RTM.

Sin embargo, de acuerdo con el numeral 8.6. del artículo 8 del Reglamento, el área usuaria es la dependencia que cuenta con los conocimientos técnicos necesarios, para definir las características técnicas de los bienes, servicios y obras que se habrán de contratar. Por tal razón, el área usuaria es la responsable de la adecuada formulación del requerimiento.

En este caso, la subgerencia de logística no es el área usuaria que la Ley y el reglamento definan como la responsable para la elaboración de los RTM.

Centinela sometió a consulta las bases de la Licitación Pública N° 01-2021-MPCH con un especialista que pidió reserva en su nombre. Estas son sus conclusiones:

Este periodista requirió al Gerente Municipal Juan José Salazar García, una entrevista. Chiquitín no respondió. Igualmente, a través de WhatsApp enviamos al funcionario, un cuestionario de preguntas; tampoco respondió. ¿Será cierto eso de que, el que calla otorga?

Ante este descubrimiento, al compañero JJ Salazar, le quedan dos opciones: o renuncia a su cargo, o se calla, y se colude con la mafia que pretende seguir burlándose de los chiclayanos.

A los regidores en general, o piden que se anule el proceso, se denuncie a los responsables o siguen cubriendo la pestilente corrupción, que huele como la basura en las calles, que nos jode a todos.

Olmos: Historia de un desalojo (i)legal y perverso.

0

Tres meses ha trascurrido, desde que en una veintena de familias fueron desalojadas de manera violenta, y sus viviendas -inversión de toda su vida- fueron destruidas cruelmente, con el uso de maquinaria pesada, por orden de una cuestionada decisión judicial, en la que las instancias tutelares, parecieran haberse puesto de acuerdo, cerrar sus ojos y actuar de manera contraria a la ley. Como suele suceder en Olmos, los sucesos del brutal desalojo corrieron como reguero de pólvora.

Juicio intrincado

Pero más allá de las condolencias y otros sentimientos encontrados por la afectación de las familias que perdieron su posesión, la malévola subjetividad de seudo periodistas, pusieron en el ojo público este alboroto y condenaron a un presunto inocente, sin analizar a profundidad el caso.

Se trata del desalojo que se ejecutó en julio del presente año contra las familias asentadas en la denominado habilitación urbana Cruz de Chalpón, promovida por el señor Alonso Córdova Ramírez, a quien en sede judicial se le cuestionó la propiedad del terreno que traspasó a las hoy familias afectadas.

“Eso fue un campo, libre y ahi había un señor que dejó ese terreno botado, porque él no tenía, esposa ni hijos tampoco, y ahí me he quedado yo” me dice el señor Alonso Córdova Ramírez,

De acuerdo al Expediente 030-2016, que se inició en el juzgado civil de Motupe, el proceso es un intrincado camino de supuestos, y personas que aseguran ser herederos de don Santos Canuto Carrillo Aguilar, de una extensión de 30, 100 m2, que, para lograr la inscripción del predio, en registros públicos, habrían hecho uso de gestiones marginales, en el lado podrido de la Municipalidad distrital de Olmos, en donde desde muchos años se mueve con total impunidad, una bien montada organización  criminal.

Sentencia que definió en primera instancia el «desalojo»

Versiones encontradas

El asunto es que la versión contada por los supuestos dueños se remonta al año 2015, cuando Jorge Fernando Raborg Bautista y Augusto Gustavo Cabrera Sotomayor, adquirieron el predio del litigio, a su anterior supuesto dueño-heredero, Carlos Alberto Carrillo Vélez. Según don Alonso Córdova Ramírez, las versiones que circulan sobre supuesta liquidación, por sus servicios prestados a la familia no es verdad.

“Dicen que me dio una plata para que saliera de ahí de ese terreno, pero no es así. Acá, hay una noria como a 200 m de mi lugar. Dicen que me han pagado, pero ellos están engañando, que de allá me han dado la plata, me la han dado de acá de una noria”

Jorge Fernando Raborg Bautista y Augusto Gustavo Cabrera Sotomayor son las personas que en el año 2016 demandaron a don Alfonso Córdova Ramírez por supuesta ocupación precaria, que como ya sabemos, termino con el brutal lanzamiento y la destrucción de las edificaciones.

Y es aquí en donde se pone en duda la verdad contada por los demandantes y los supuestos dueños del predio, pues los documentos legales que, en juicio, desde un inicio ha exhibido don Alfonso Córdova Ramírez, como los títulos de posesión otorgados por la CCSDO, para demostrar que desde 1998, es el conductor terreno, pero fueron arbitrariamente declarados nulos, y lo que es más cuestionable, permitido por el abogado defensor del señor Córdova Ramírez.

“Yo entre a esa posesión en el año 88 y lo titulé de un señor en el año 98, a los 10 años, y de ahí, como no había escritura pública, solo me dio título; ahí está el título” sostiene.

Título de posesión primigenio otorgado por la CCSDO a favor del señor Alfonso Cordova

Explosiva verdad

Como se ha dicho, el proceso de desalojo se inició en el año 2016, pero es a fines del 2022, cuando don Alfonso Córdoba Ramírez, toma conocimiento que para logra la inscripción de una supuesta donación -del predio de 30 mil 100 m2-  en la Partida 11101705, un tercero en esta discordia CARLOS ROBERTO CARRILLO RAMOS, presento ante la SUNARP, la Resolución de alcaldía 270-2009-MDO, del 28 de abril del 2009, suscrita aparentemente por el entonces alcalde Juan Mio Sánchez, quien el 2 de noviembre del 2022, ante Notario Antonio Vera Méndez, “bajo juramento y en honor a la verdad” suscribió la Declaración Jurada, en donde expresa que no reconoce ni su firma ni el contenido de dicho documento de la Resolución de alcaldía 270-2009-MDO.

Resolución falsa otorgada por la MDO, con la cual lograron inscripción ante SUNARP

Esta explosiva verdad, motivo a Don Alfonso Córdova Ramírez, a presentar de manera extemporánea, ante el mismo juez, del desalojo, una demanda de nulidad de acto jurídico, Exp 026-2018, que sigue contra Jorge Fernando Raborg Bautista y Augusto Gustavo Cabrera Sotomayor, la contundente DJ, por considerar que para la inscripción de la supuesta donación del predio de 30,100 m2 a favor de CARLOS ROBERTO CARRILLO RAMOS, se realizó con un documento falso.

Contundente DJ firmada por el exalcalde Juan Mio Sanchez

Juicio con dudas

Pero lo cierto, conforme se ha dicho en este reportaje, tanto el proceso judicial de desalojo como la historia del registro en SUNARP de este predio es un intrincado camino de serias dudas y sospechas, que evaluaremos a continuación.  

Antes de ello, es preciso dejar en claro que esto no es un análisis jurídico, más bien, son observaciones, de una investigación periodística, que los involucrados en este caso, sobre todo los afectados, evaluaran, para comprender como es la justicia cuando inclina su balanza al lado equivocado.

En primer lugar, en la Resolución 31 de la sentencia 413 del juicio de desalojo, el Juez Superior ponente Rojas Diaz, de la primera sala especializada en lo civil, basa sus argumentos para sustentar el desalojo, en la supuesta nulidad de la actualización del título de posesión comunal 220-2015, otorgado por el entonces presidente de la CCSDO Ismael Maza Cruz, el 10 de diciembre del 2015.

¿Escucho bien? repito ACTUALIZACIÓN DE TITULO DE POSESIÓN COMUNAL 220-2015. Es por eso que con documentos don Alfonso Córdova demuestra que la CCSDO, le otorgo los documentos que prueban su posesión incluso la actualización de los mismos.

 “Y entonces de ahí lo volví a renovar por un señor Maza Cruz, de ahí lo vuelto a renovar con Timo Arroyo y de ahi con el señor Montalbán”

Actualización de Título de posesión

Entonces, de acuerdo a la esta versión, antes de esa actualización existió un título anterior, primigenio y este es, el título de posesión comunal 874, fechado el 21 de julio de 1998, con el que la CCSDO, otorga a don Alfonso Córdova Ramírez, una parcela de 5.1405 m en el sector Cruz de Chalpón y cuyos límites son como sigue: por el norte linda con la calle San Martin, por el sur con Manuel Chávez Paz, por el este con Los Callejones y por el oeste herederos Inoquio.

Señala además que la copia literal otorgada a don Alfonso Córdova Ramírez ha sido trascrito del documento original, que se encuentra inscrito en el folio 124 del Libro de Registro de Parcelas de la CCSDO. “Yo ingresé a esa posesión al el 88 y lo titulé de un señor en el año 98, a los 10 años” recuerda.

Titulo primigenio

Canallada

Pero para el Juez Superior ponente Rojas Diaz, ese documento NO TIENE VALIDEZ, porque con Oficio 113-2017/CCSDO-OLMOS, del 25 de octubre del 2017 Ismael Maza Cruz, entonces presidente comunal, informó al juzgado que “luego de un minucioso análisis técnico y legal de la documentación sustentatoria del predio rústico en litigio entre Gustavo Augusto Cabrera Sotomayor y otros contra Alfonso Córdova Ramírez, ubicado en el lado Oeste del Pueblo joven Cruz de Chalpón, el indicado inmueble se encuentras ubicado dentro del área excluida del Lote 8 , propiedad de la Comunidad campesina santo domingo de olmos partida 11 21 6 26 y en consecuencia es una propiedad privada donde mi representada no ejerce ningún derecho posesorio ni de propiedad”

Según el juzgador, como se puede leer en la sentencia “la información remitida por la CCSDO es categórica y determina con grado de certeza, que el demandado (Alonso Córdova Ramírez), tiene la condición de ocupante precario del predio que reclaman los demandantes”

Esto es increíble.  Lo que ha hecho el Juez Superior ponente Rojas Diaz es una aberración, al admitir como prueba “categórica y determinante, con grado de certeza” el Oficio 113-2017/CCSDO-OLMOS, del 25 de octubre del 2017, en la que manifiesta que “el indicado inmueble se encuentras ubicado dentro del área excluida del Lote 8, propiedad de la CCSDO…”

El lote número 8 al que hace referencia Maza Cruz, no existía al 21 de julio de 1998, fecha en la que el señor Blas Nunura entonces presidente de la CCSDO, otorgo el Título de posesión comunal 874, al señor Alonso Córdova Ramírez.

Recordemos. En el año 2010, Grimaldo Monja Benites logró inscribir en la SUNARP, 277 mil 878 Ha. por lo tanto, como ha sido posible que la defensa del señor Córdova Ramírez, no haya cuestionado este argumento, porque conforme lo explica el demandado, en aquellos tiempos, las tierras aparentemente estaban a libre disposición.

“Eso fue un campo, libre y ahi había un señor que dejó ese terreno botado, porque él no tenía, esposa ni hijos tampoco, y ahí me he quedado yo”

Cuestionado razonamiento jurídico

Dudas

Por otro lado, es preciso también recorre el sinuoso camino que ha seguido en SUNARP, el registro de la sucesión intestada, con un heredero universal; la posterior inscripción de una confusa donación, hasta llegar a la discutida compra venta a favor de los demandantes, pero también demandados Jorge Fernando Raborg Bautista y Augusto Gustavo Cabrera Sotomayor.

En la partida 02018195, se ha registrado la sucesión intestada a favor de Carlos Alberto Carrillo Vélez, declarado único y universal heredero de las 4 .5 Ha., heredadas de don Santos Canuto Carillo Aguilar mediante Acta de Protocolización de sucesión intestada de fecha 10 de abril del 2006, otorgada por notario Roberto Barturen Sánchez.

Por otro lado, en la Partida 11101705 aparece inscrita la donación a favor de don Carlos Alberto Carrillo Vélez, de 30,100 m2, quien adquirió el dominio del inmueble de su anterior propietario Carlos Alberto Carrillo Ramos. Asi consta en la Escritura pública 2103, del 11 de julio del 2011, otorgada por Notario Público Carlos Caballero Burgos.

Dos partidas distintas otorgan derecho de propiedad a Carlos Carrillo Velez. ¿acaso son dos predios distintos?

Algo para tener en cuenta. Los linderos de estos terrenos son distintos a los de la posesión que en 1998 se le otorgo a don Alonso Córdova Ramírez.

¿Son dos terrenos?

Entonces, preguntamos ¿Acaso, son dos terrenos diferentes los que están en litigio? o ¿Es un sucio montaje, en donde los reclamantes, habrían utilizado una partida primigenia para registrar propiedades de manera, presuntamente ilícita y con ello posteriormente, inducir al error a jueces, sin importar el grave daño que han causado a varias familias olmanas?

Recapitulemos. El 21 de julio de 1998, el entonces presidente de la CCSDO, Blas Nunura otorgo el Título de posesión comunal 874, al señor Alonso Córdova Ramírez, el mismo que fue actualizado con el título de posesión comunal 220-2015, del 10 de diciembre del 2015, otorgado por Ismael Maza Cruz, quien inexplicablemente con Oficio 113-2017/CCSDO-OLMOS, del 25 de octubre del 2017, desconocido lo que había firmado a favor de don Alfonso Córdova Ramírez en el 2015.

Existen dos partidas en SUNARP, en las que, por un lado, en una se registra a don Carlos Alberto Carrillo Vélez con heredero único de 4,5 Ha., y en otra como la persona que recibe una donación de 30,100 m2.

Amenazas y viveza criolla

En medio de este confuso caso, surgen terceras personas que avivan el fuego de la duda y la sospecha. Ofrecen entrevistas y amenazan con castigar a quienes detentan lo que reclama como su propiedad.

Yo ya estoy avisando.  Como hay un dicho que dice guerra, avisada no mata gente. Hay mucha gente que me conoce, que sabe que yo no soy una persona de que me vengan y me lloren y yo te diga y, pues pobrecito; pobrecito el diablo, yo lo saco y si tengo que meterle candela a eso lo hago” así amenaza, Silvia Carrillo otra de las personas que también reclama la propiedad

Port otro lado, como si esto fuera una rifa en la que todos se sacan premios; (como no podía ser de otra manera en Olmos), aparecen otras personas como ELVA ROSA SALCEDO MORE, que concurren a la SUNARP, para reservar nombres de organizaciones como la seudo ASOCIACIÓN PROVIVIENDA ASENTAMIENTO HUMANO 15 DE JULIO, con fines no tan santos.

Solo en Olmos suceden estas cosas.

Pero lo más triste de esta historia lo puede resumir, las declaraciones de una humilde mujer, que accedió a declarar para este reportaje. Un verdadero drama que viven las personas que han sido desalojadas.

“Que quiere que le diga señor si lo he perdido todo. No tengo dónde dormir. Destruyeron todo, prácticamente me dejaron en la calle, era lo único que tenía ya ahí con mis ahorros, construir mi casita y ya no está. La destruyeron todo, me quedó en la nada”

Familias humildes lo perdieron todo, por una decisión supuestamente equivocada

En julio del 2023, como consecuencia de una cuestionada sentencia que firmo el juez, Lucas Olivera Coronado Ballena y suscribió el Juez Superior ponente Rojas Diaz en segunda instancia; por una pésima defensa legal, argucias y otras acciones sospechosas, varias familias de este sufrido pueblo de olmos cayeron en desgracia. El reclamo por que se haga justicia no debe detenerse. La verdad triunfara.

Santos Montalbán y su corte con los días contados: TC cita a audiencia para este jueves 28 de setiembre.

0

A ocho días, que se cumpla un año, cuando el comunero Martin Puse Monja, presentara ante el Tribunal Constitucional (TC), una acción de amparo, por la elección fraudulenta que le robo el triunfo del 12DIC2021, en la Comunidad campesina Santo Domingo de Olmos (CCSDO); la entidad programó para este jueves 28SET2023, a las 10 a.m. en la Sala 2, la vista de la causa

Segun un especialista en derecho constitucional, que conoce el caso, «es más que seguro, que la decision de los magistrados del TC, pondrá fin, a 9 años al cuestionado gobierno comunal, en manos de la Lista Celeste»

¡Por fin!

“Gracias a Dios, por fin el TC emitirá sentencia sobre la acción de amparo, que fijara el rumbo de nuestra comunidad” comentó el comunero Daniel Ruiz Solís, al enterarse de la programación de la audiencia.

Y es que el dilatado tiempo que se ha tomado el TC, para programar audiencia para el CASO N° 04150-2022-AA, había levantado serias sospechas, sobre una supuesta interferencia de presuntos operadores de la mafia celeste, que habrían aceitado favores, para postergar la vista de la causa, hasta después de las elecciones comunales de este año.

Captura de pantalla del portal del TC.

El objetivo, obviamente, con el mismo método del pasado que implementaron los forajidos celestes: continuar en el poder para seguir traficando terrenos y apropiarse del millonario botín de las expropiaciones.

La Sala Segunda está presidida por el magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse e integrada por los magistrados Francisco Morales Saravia y Helder Domínguez Haro.  Los 35 mil comuneros de la CCSDO, tienen cifradas sus esperanzas en la experiencia y probidad de los tribunos que conforman la Sala 2.

En sus manos está el destino de la Comunidad Campesina Santo Domingo de Olmos

Todo Nulo

Si el TC confirma la resolución CINCO, del 18ABR2022, que declaro fundada la demanda constitucional (Exp. 02722-2021-0-1708-JR-CI-01), Esgar Purihuaman Diaz -el juez de la causa- confirmaría la nulidad de las elecciones del 12DIC2021, convocaría nuevas elecciones. El espurio presidente Santos Montaban ya no podrá convocar, más bien tendría que dejar el local comunal y rendir cuentas de todos los actos ilegales que ejecutó.

“Nulo el proceso electoral realizado el 12 de diciembre del 2021 (…), Reponiendo, las cosas al estado anterior a la vulneración del derecho a elegir y ser elegido, previsto en el 17 del artículo 2do de la constitución política del Perú (…), Se ordena dar a conocer la nulidad del proceso a la Asamblea General de delegados a efectos de que proceda conforme a sus facultades, esto es de conformidad con el artículo 121 del Reglamento de elecciones comunales, directiva comunal y delegaturas sectoriales periodos 2022 – 2023”

Sentencia que la mafia se negó a aceptar. ¿Movieron sus hilos?

Oyola sin piso

Después de la memorable audiencia, en la que el juez de Motupe, Esgar Purihuaman Diaz, hizo trizas con su interrogatorio, a TITO OYOLA MONJA, expresidente del comité electoral, de la CCSDO, que confirmó el fraude que le robo el triunfo a Martin Puse, al no contabilizarse 8 actas electorales, de igual número de sectores comunales.

Los olmanos fueron testigos, del perspicaz interrogatorio al que fue sometido TITO OYOLA, quien, no supo que decir, cuando el juez, le increpo, que, al no contabilizar las 8 actas de las elecciones pasadas, él, y los miembros del comité, habían violado el derecho constitucional de elegir y ser elegidos.

En total, fueron 158 votos a favor de la Lista Roja, con lo que el triunfo de Martin Puse Monja estaba descontado. Tito Oyola y su clan tendrán que ser denunciado penalmente

Armaron fraude

Esta ilegal acción, se materializó en el escrutinio, al no incluir las actas de los sectores Alto de Roque, Ancol Cautivo, Corral de Arena, Corazón de Jesús, El Imperial 2; El Muerto, Ficuar y Sequión, que representa más de 1000 comuneros.

Entonces, con la resolución N° OCHO, el juez ordena reponer las cosas, “al estado anterior a la vulneración del derecho a elegir y ser elegido” es decir, cuando Jorge Tito Oyola Monja, Luis Ricardo Torres Carrasco y Hugo Becerra Benites, ejecutaron el plan mafioso para despojar del triunfo electoral, al candidato de la lista Roja, Martín Puse Monja. El fraude estaba preparado.

La noche en que la peste celeste cometió otro fraude

Sabido es, que el 22 de abril del 2022, el abogado defensor de los forajidos, interpuso recurso de apelación, contra la sentencia número CINCO.  En el mismo afán, el 13 de mayo del 2022, los demandados Jorge Tito Oyola Monja, Luis Torres Carrasco y Hugo Becerra Benites, interpusieron también apelación contra la misma demanda, Los argumentos de los demandados se escudaban, en una supuesta “situación irreversible o daños desproporcionados”

Sentencia prevaricadora

Recordemos también que en este caso jueces que han visto la causa, habrían jugado en pared con la peste celeste. -Recordemos que el 18 de julio del 2022, los magistrados Carlos Alfonso Silva Muñoz, Edilberto Rodríguez Tanta y Hector Conteña Vizcarra de la Segunda Sala Civil, resolvieron; sin ningún rubor, con argumentos insustanciales, declararon infundada la demanda constitucional de amparo, en consecuencia, revocaron la sentencia (resolución n° 5), del 18.04.2022 que declaró, fundada la demanda iniciada por Martin Puse y otros.

Cuestionada sentencia de la Sala civil

En resumen, en las 28 páginas panca, de la Sentencia 367 (resolución n° 13), para el trio de hombres de leyes ‘encargados de impartir justicia’ lo sucedido el dia de las elecciones comunales, fue de los más normal: a ningún comunero se vulnero el derecho constitucional de elegir y ser elegido porque (esto es lo más asqueroso, aberrante y descarado) “la actuación del comité electoral ha sido correcta al no computar actas que no se habían presentado en original”.

Así lo afirmaron en su sentencia, los magistrados Carlos Alfonso Silva Muñoz, Edilberto Rodríguez Tanta y Edilberto Rodríguez Tanta.

Con la seguridad de que la verdad y la justicia se impondrá; la salida del ilegítimo directivo SANTOS EFRAIN MONTALBAN NUÑEZ, y la banda criminal que ha gobernado en los últimos 9 años, es cuestión de tiempo.

¡DIOS AMPARE A LA COMUNIDAD CAMPESINA SANTO DOMINGO DE OLMOS!

Se destapa millonario negociado de certificados de Defensa Civil en Municipalidad de Olmos: El caso Santo Domingo.

0

La entrega irregular de un Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones, otorgado por la Municipalidad Distrital de Olmos (MDO), a la Empresa de Transportes y Servicios Múltiples Santo Domingo de Olmos N° 1 SRL; sería el hilo conector, entre un funcionario de la gestion Rivera Pasco, con una presunta organización delictiva, que, desde hace años, opera en esa comuna.

Reclamo

En reunión del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (COPROSEC), celebrada el 22 de agosto del 2023, el alcalde de Olmos Daniel Rivera Pasco, exigió a la Municipalidad Provincial de Lambayeque (MPL), cese, la entrega indiscriminada de permisos, a empresas de trasporte, porque “origina desorden en el tránsito vehicular, en la ciudad”

El reclamo -aparentemente razonable- fue anotado en el acta del COPROSEC para su atención; sin embargo, nadie sabe (los trasportistas sí), que detrás de esa solicitud de Rivera; se esconde un frondoso negocio ilegal; que se cocina en la Oficina de Defensa Civil de la MDO.

La investigación de este caso se inició con las declaraciones del señor Carlos Moscol, gerente de la Empresa de Transportes de pasajeros Santa Rosa Srl., quien reveló en una entrevista concedida a este periodista, que la empresa que administra tenía autorizado “120 vehículos para prestar servicio de trasporte de pasajeros entre Olmos – Insculas y viceversa”

¡Una flota de ciento veinte vehículos, autorizados para una sola empresa!

Pugnas

En Olmos, los pobladores ya han perdido la cuenta, de cuantas y cuáles, son las empresas autorizadas por la MPL, para brindar este servicio, que acerca a los pobladores, a los más de 280 caseríos del vasto territorio olmano.

¿Qué hicieron en la MPL para que la Empresa de Transportes de pasajeros Santa Rosa Srl obtenga la autorización de esa cantidad de vehículos? y, ¿Como lograron conseguir autorizaciones en la MDO, para operar en la ciudad de Olmos?

Edgardo y Alejandro Monja, socios de la Empresa de Transporte Turismo Insculas Srl., (que realiza el mismo recorrido que Transportes Santa Rosa), denunciaron un presunto abuso de autoridad, por parte de funcionarios de la Gerencia de Transito Trasporte y Equipo Mecánico de la MPL y del Área de Fiscalización de la MDO.

“ellos (funcionarios ediles), nos hostigan, nos persiguen, nos multan.  Esa empresa (Transporte Santa Rosa), tendría la protección del alcalde, porque en campaña electoral pusieron sus vehículos al servicio del tren. Hoy se le permite estacionarse en cualquier lugar fuera del terminal”

Entonces -en cierto modo- Rivera Pasco tiene algo de razon, cuando exige a MPL que no otorguen más autorizaciones a empresas de trasportes. Sin embargo, aparte del pago político, a favor de Transporte Santa Rosa (o sea la persecución contra Transporte Insculas), existe un detalle, que es competencia de la MDO, y que, a la fecha, habría generado incalculables ganancias a una bien montada organización edil.

Se trata de dos documentos: la Licencia de Funcionamiento y el Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones.

¿Qué dice la Ley?

De acuerdo con el artículo 5° de la Ley n° 28976 Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, las municipalidades distritales, así como las municipalidades provinciales, son las encargadas de evaluar las solicitudes y otorgar las licencias de funcionamiento, así como de fiscalizar y aplicar las sanciones correspondientes, de acuerdo con las competencias previstas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Bajo esa consideración el artículo 7° establece los requisitos para solicitar la licencia de funcionamiento, que, se reduce a una solicitud de Licencia de Funcionamiento, con carácter de Declaración Jurada, que incluye; entre otros -tratándose de personas jurídicas u otros entes colectivos- el R.U.C., D.N.I.  Carné de Extranjería del representante legal, etcétera.

Asi mismo, se debe adjuntar la Declaración Jurada del cumplimiento de las condiciones de seguridad en la edificación para edificaciones calificadas con riesgo bajo o medio. Para el caso de edificaciones con riesgo alto o muy alto, adjuntar la documentación señalada en el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones.

Pero, por otro lado, la ley también exige “Requisitos especiales” como el que se indica en el sub literal d.2 del literal d) del artículo 7°, que a la letra dice: “Declaración jurada de contar con la autorización sectorial respectiva en el caso de aquellas actividades que conforme a Ley la requieran de manera previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento”

En resumen, en el caso de empresas de trasporte, para obtener la Licencia de Funcionamiento es requisito primordial, el Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones y la autorización sectorial. Sin estos dos documentos NO HAY LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

El quid del asunto.

El comercio y el intercambio vial ha crecido notablemente en Olmos; es así que, no solamente existe transporte de pasajeros al interior del distrito; también hay combis, miniván, taxis colectivos dispersos y “piratas” que se disputan pasajeros y la preferencia de los usuarios.

Las empresas interprovinciales se rigen por normativa específicas, reguladas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; sin embargo -para operar- las empresas de trasportes urbano rural, como las que brindan servicio interprovincial, deben cumplir con un requisito indispensable: terminal terrestre, con condiciones mínimas.

En la primera gestión del Ing. Juan Mio Sánchez, se construyó lo que se conoce como el Terminal Santo Rosa.  Esta infraestructura, incorrectamente ubicada y mal diseñada, no cuenta con resolución de autorización otorgada por la autoridad competente.

Entonces, ¿Cuál es la situación de las empresas de trasporte interprovincial que día a día se disputan los pasajeros que viajan entre Olmos – Chiclayo y viceversa?

El caso Santo Domingo

Para saber si estas empresas tienen “sus papeles en regla” o sea, autorizaciones y licencias; con Carta n° 072-2023-JMM-CENT/M del 15 de agosto del 2023, este periodista solicitó a la MDO, la entrega de Copia de la Licencia de Funcionamiento y copia del Certificado de Defensa Civil otorgado a la Empresa de Transportes y Servicios Múltiples Santo Domingo de Olmos N° 1 SRL.

Como nunca antes, con fecha 29 de agosto del 2023, con Carta n°171-2023-MDO/SG, MARCO ANTONIO PAZ TABOADA, secretario general de la MDO, hizo entrega del Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones n° 163-2022-AGRD-DC/MDO, de fecha 29 de septiembre del 2022, otorgado a la Empresa de Transportes y Servicios Múltiples Santo Domingo de Olmos N° 1 SRL anotando en el extremo del documento lo siguiente:

“Se indica que falta la respuesta del Sub gerente de Administración Tributaria (Informe n° 235-2023-MDO-SG), respecto a la Licencia de Funcionamiento, otorgada a la Empresa de Transportes y Servicios Múltiples Santo Domingo de Olmos N° 1 SRL, ubicada en la Av. Augusto B. Leguía 581A, Olmos”

¿Corralón o Terminal de pasajeros?

El Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones, conocido también como certificado de Defensa Civil está firmado por el Ing. WILDER ELID MORA RODRIGUEZ, entonces, jefe del Área de Gestion de Riesgo de Desastres de la Oficina de Defensa Civil de la MDO.

Según la supuesta inspección WILDER ELID MORA RODRIGUEZ, certifica que el corralón en donde opera la empresa de Transportes y Servicios Múltiples Santo Domingo de Olmos N° 1 SRL, es un terminal de embarque y desembarque de pasajeros, con un nivel de riego medio.

Contundente

Para redondear la pesquisa, el 16 de agosto del 2023, con Carta n° 074-2023-JMM-CENT/M, solicite a la MPL, la entrega de copia de Resolución de autorización Vehicular; renovación de autorización de servicio; incremento de flota vehicular y Resolución de apertura y funcionamiento para Terminal de Transporte Terrestre otorgado a la empresa de Transportes y Servicios Múltiples Santo Domingo de Olmos N° 1 SRL.

Asi mismo la relación de terminales de trasporte terrestre y de empresas de servicio público de trasporte interurbano de pasajeros autorizados por la MPL

El 18 de agosto, mediante Carta n° 168-MPL-GM-GTTyEM, J. Martin Yerren Quiroga, Gerente de la MPL, manifesto en el documento, que las autorizaciones para servicio trasporte público que se otorga a las empresas interprovinciales, es competencia de la Gerencia regional de Trasportes y Comunicaciones del Gobierno regional de Lambayeque.

Asi mismo respecto a terminales terrestres en la provincia expresaron lo siguiente: “La Municipalidad de Lambayeque no cuentan con terminales terrestres en su jurisdicción”

Algo más. En el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Personas – Terminales Terrestres y Estaciones de Ruta Autorizados para prestar el servicio de transporte de pasajeros NO EXISTE NIGUN TERMINAL AUTORIZADO EN EL DISTRITO DE OLMOS.

Preguntas

Entonces, si la MPL y el Registro Nacional de Trasporte Terrestre de personas dan cuenta que no existe ningún terminal de embarque y desembarque en Olmos; a quien corresponda preguntamos:

  1. ¿Por qué el Ing. WILDER ELID MORA RODRIGUEZ firmo y otorgó el Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones n° 163-2022-AGRD-DC/MDO, a la Empresa de Transportes Santo Domingo a sabiendas que no reúne los requisitos y además, certificándolo, como terminal de embarque y desembarque de pasajeros?
  2. ¿Es legal el Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones n° 163-2022-AGRD-DC/MDO, otorgado a la Empresa de Transportes Santo Domingo?
  3. ¿Cuántos certificados más como este, habrá firmado (o seguirá firmando), WILDER ELID MORA RODRIGUEZ?
  4. ¿Qué cantidad de dinero habrá desembolsado la Empresa de Transportes y Servicios Múltiples Santo Domingo de Olmos N° 1 SRL, por ese certificado chueco y su posterior renovación?
  5. ¿Quiénes integran esta organización que trabaja desde hace mucho tiempo en la MDO?
  6. ¿Dejara el alcalde y regidores, que las cosas sigan así, con esa organización, operando ilegalmente en sus narices?

WILDER ELID MORA RODRIGUEZ, es un funcionario que viene de la gestión del cuestionado exalcalde Javier Roque Antón. Con todos estos antecedentes, Daniel Rivera volvió a contratarlo.

¡Vergüenza!: Municipalidad de Olmos la más corrupta del país.

El último reporte del Observatorio Nacional Anticorrupción de la Contraloría General de la República -periodo 2021-2022- ubicó, a la Municipalidad Distrital de Olmos (MDO), en el primer lugar del ranking nacional de los gobiernos locales, infestados por la corrupción.

¡Horror!

La vergonzosa noticia que ha derivado en uno y mil comentarios (solo eso), fue recibida el fin de semana por la población, mientras los llamados “lideres” de la sociedad civil olmana, buscaban un agujero para enterrar su farsa de luchadores.

El nuevo reporte de la Contraloría evidenció que la entidad local, tiene el mayor número de funcionarios involucrados en actos de Corrupción e Inconducta Funcional, que, en cifras se traduce en S/ 223,279,301.00 de perjuicio económico, como consecuencia del abandono de 356 obras y 17 caducas, que el Observatorio Nacional Anticorrupción, de la Contraloría general de la República, ha identificado, en un periodo de 9 años, desde la gestión del condenado exalcalde WILLY SERRATO PUSE (2011 – 2014)  hasta la gestión del exalcalde JAVIER ROQUE ANTON, sucesor WSP (2020-2022).  

La lista de las entidades corruptas fue publicada en portal web del Observatorio Nacional Anticorrupción. En esta plataforma se han revelado los altos índices de corrupción que están presentes en nuestro país, así como las obras en donde los mafiosos metieron las manos para robarle al pueblo.

Acceda a la información del Observatorio Nacional Anticorrupción, en el siguiente enlace: caso Olmos.

https://appbp.contraloria.gob.pe/OBANT/wfrm/inco/ficha_inco.aspx?codent=2137

¿Y la sociedad civil?

Lo curioso en el caso olmano, es que en el distrito -salvo excepciones- existe una veintena de instituciones creadas por inescrupulosos personajes, que se hacen llamar “de la sociedad civil olmana” como el “Frente Anticorrupción Olmos” conocido como FAO.

Esta organización que en el papel la integran supuestamente varios ciudadanos, pero en la práctica, una sola persona -la fundadora- la creo para mantenerse vigente y hacer de sus caprichos, una manera de privilegiar y conservar sus intereses particulares.

“Como es posible que aca en Olmos, tengamos esa organización llamada Frente Anticorrupción Olmos o FAO, que preside la señora NICOLAZA ZAPATA GALLARDO y que supuestamente debería ser la que luche contra la corrupción, pero ahora vemos que ese tal FAO es una fachada de miserables que solo buscan sus intereses” comento el exregidor Carlos Rodas.

Eso que llaman Frendiol

En el otro lado se encuentra, lo que debería ser la agrupación más sólida de la localidad; el Frente de Defensa de los Interese del Distrito de Olmos (FRENDIOL) -capturada por un pillo- que en los últimos años la convirtió en un club de amigos, de ciudadanos locales y olmanos residentes en Lima y fuera del país (estos últimos probablemente con buenas intenciones), que se dejaron arrastrar por el sujeto EDILBERTO CASTRO TESEN.

Hoy el FRENDIOL agoniza, los responsables: los propios olmanos; y aunque no se crea, fue el alcalde de Olmos DANIEL RIVERA PASCO quien incentivo soterradamente, el alumbramiento de una organización paralela al FRENDIOL, impulsada por MOISÉS DAVID HIDALGO, quien no siendo un vecino olmano, sin vínculos de sangre o marital, se presenta y pavonea en las esferas del gobierno, como “Coordinador De La Sociedad Civil Organizada”  

¿Cuál es el vínculo laboral que Hidalgo mantiene con la gestión Rivera Pasco? ¿Cuánto paga la MDO, por esa representación?

En cifras

Para la Contraloría los indicadores propuestos se enfocan en información resultante de la observación directa de actos de presuntos hechos irregulares relacionados con conductas de corrupción e inconducta funcional; es decir, incumplimiento de leyes, reglamentos y demás marcos normativos que les sean aplicables al funcionario o servidor público», indicó la Contraloría.

Además, figura el presunto fraccionamiento en las contrataciones públicas sin proceso de montos menores o iguales a 8 Unidades Impositivas Tributaria (UIT); sin embargo, el grueso de la corrupción en donde la mafia actuó se encuentra en las obras abandonadas, que no han sido liquidadas.

En la ficha de la corrupción, entre el 2021 y 2022 en la MDO el número de funcionarios y servidores públicos sancionados fue de 13, frente a los 21 con presunta responsabilidad administrativa.

La información da cuenta también de que 102 proveedores, fueron favorecidos con presunto fraccionamiento de las compras, por un monto que supera los 7 millones de soles. Además, se revela, que 585 proveedores fueron contratados sin ningún tipo de proceso.

En el periodo 2021-2022, la MDO -gobierno del exalcalde Javier Roque Antón- la entidad tuvo a cargo 454 proyectos, por un total de 481,600,454.21, contra 223,279,301.00 que representaría el perjuicio económico por el abandono de 356 obras.

“No se oye padre”

A través del WhatsApp, Centinela consultó los regidores de la MDO., para conocer su opinión sobre tremendo escándalo. Como siempre ninguno respondió.

«Esta demás, ya no llama la atención el silencio cómplice de esas personas que llegaron al municipio olmano como regidores o regidoras. Esto es una vergüenza. La corrupción en la municipalidad de Olmos no es de ahora; todos saben que esta fue instituida por WILLY SERRATO PUSE” comento el CPC Pablo Campos, al ser consultado por el cada vez, más preocupante, mutis edil.  

Según el contralor Nelson Shack, son 76.408 casos de estos detectados en todo el Perú y en los próximos meses a los involucrados les llegará su acción de control y su pliego de cargos. «Sabemos quiénes son, deberán explicar por qué hicieron esta barbaridad». preciso el contralor.

¿Buitres sensacionalistas o vulgares mercachifles?: El caso Olmos

Durante tres horas ininterrumpidas, el portal ¡Olmos ya! trasmitió en vivo, las violentas imágenes de los cuatro niños accidentados; las que mezclaron con desgarradoras escenas de dolor de los familiares y aderezaron con reacciones de la población, que incluyo, el incendio del vehículo, conducido por el ebrio, que mato a la niña que viajaba en el mototaxi.

Al final de la trasmisión -sin ningún rubor- el “reportero” agradeció a los usuarios que se conectaron al medio y por haberles otorgado “estrellitas” que, en otras palabras, significa dinero. ¡Canalla!

Seudo periodismo

Ese “periodismo” que esgrime Beto Castro, difiere abismalmente, con lo sucedido en diciembre del 2017, cuando los compañeros de Erik Arenas Sierra en la facultad de Psicología de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos tomaron sus mochilas y casacas, para bloquear el acceso de la prensa, a imágenes de la madre que desesperaba perseguía la camioneta de la Dirección de Criminalística de la Policía Nacional, que trasladaba a la morgue, el cadáver de su hijo.

La escena fue un acto de dignidad de los estudiantes universitarios frente a una prensa morbosa, no en vano llamada buitre, sensacionalista, ansiosa de muerte y dolor. Pero, ese acto reivindicativo por parte de la sociedad no se advierte siquiera como un mea culpa en la prensa, con lo sucedido con ¡Olmos ya!  

Erik Arenas Sierra, un joven estudiante de tan solo 20 años fue degollado cuando se dirigía a ver sus notas tras terminar el cuarto ciclo de la carrera. El crimen dejó conmocionada a la comunidad estudiantil y a toda la población.

Morbo

Cuando buscamos Morbo en el diccionario, encontramos las siguientes definiciones:

1.- Enfermedad.

2.- Una fascinación enfermiza por personas o casos.

3.- Atracción por situaciones desfavorables.

El morbo reviste crueldad, engaño, alteración de la realidad. Y, sin embargo, un sector de la prensa, y me incluyo, no hemos sido capaces de enfrentar el desafío por desterrar esta práctica que ahora, ha infestado las redes, con los que se hacen llamar “periodistas comunitarios”

Problema ético

¿Sabrán lo ¡Olmos ya! lo que es ética?

Quienes estamos en el periodismo desde hace años, sabemos que sigue siendo un desafío deshacerse de tanto sensacionalismo y morbo que suena más terrible al oído (tal vez para Beto Castro no); porque la respuesta natural debería ser cuestionarnos, hacer mea culpa, negarnos a seguir reproduciendo esa conducta que está muy lejos de los principios del periodismo.

El morbo es crueldad, es mentira, es desinformación, es la humillación pública; y en el caso de ¡Olmos ya!, ha encontrado la química para mezclar el morbo con la publicidad, para abultar sus ganancias económicas.

Así lo confirmó Beto Castro, al final de su transmisión y en un acto canalla, lo corroboraron, en otra publicación ANNIE VERA PUSE y EDSON LABRIN, integrantes de esa plataforma, como si sus actos no estarían en conflicto con ningún problema ético.

Y, por si fuera poco, demostrando que para los integrantes de la agrupación ¡Olmos ya!, la ética no es un tema que practiquen, conozcan o les interese, armaron una publicación falsa, con un artículo de este periodista, asegurando que el diario Correo “destacaba” la maratónica trasmisión morbosa.

Castro, se atrevió a borrar mi nombre, del informe periodístico sobre el accidente, que se publicó el 4 de agosto del 2023, en la página 3 del diario en mención.

Pregunto: ¿Sabrán lo que es ética, las personas que están detrás de Beto Castro o las empresas que contratan publicidad con esta plataforma?

Beto Castro elimino el nombre de autor de informe periodístico publicado en diario Correo, para marketearse con falsedades

¡Carroñero!

Y en efecto, como lo noticieros de televisión que se han convertido en carruseles de un horror que pretende fascinar la atención de los televidentes; ¡Olmos ya! sigue el mismo formato de la televisión basura, que empieza relatando la violación a una menor de edad, o el atropello de una inocente familia, o el linchamiento de un presunto ladrón en una población, o el asesinato de una persona inocente a manos de un sicario.

Entonces para Beto Castro, cubrir el escenario del accidente, las declaraciones de los familiares, de las víctimas, de los testigos; todo ese tiempo que invirtió, cumplía un solo objetivo: Ganar estrellitas o mejor dicho dinero. Dinero a costa del dolor ajeno; de la muerte de una niña. ¡Carroñero!

Este es el artículo, con el nombre del autor.

¿Hasta cuándo?

De un tiempo a esta parte, desde que en Olmos apareció esa y otras cuentas de Facebook de “periodistas comunitarios” y trolls al servicio del mal, el morbo se ha convertido en un virus que se extiende y corroe.

¿Hasta cuándo esas plataformas “dirigidas” por seudo periodistas van a seguir comiendo de nuestros muertos? ¿Hasta cuándo el pueblo de Olmos va a permitir que se siga difundiendo sangre y muerte? ¿Hasta cuán importará más, ese tipo de trasmisiones, que pelear las batallas contra la corrupción?

Necesitamos debatir y discutir nuevas formas de hacer periodismo en las redes, no como lo hacen esos seudo periodistas carroñeros y canallas. Necesitamos despojarnos del gusto por el morbo y dejar de salivar por las desgracias ajenas que venden, porque es más fácil crear mierda -como lo hace esa gente- que ganar méritos, con verdaderos informes periodísticos que ayuden al crecimiento de un nuevo ciudadano olmano.

Finalmente, después de leer y analizar este tema, es necesario que deje a su conciencia responder la siguiente pregunta: ¿Estamos ante buitres sensacionalistas o vulgares mercachifles?  

Pero tambien, es necesario expresar, que Beto Castro ha violentado el art 6 de la Ley 27337, Ley que aprueba el Nuevo Código de los niños y adolescentes, que sera descrito una nota aparte.

¡MISERABLES¡: Daniel Suárez, Alí Sánchez y director del “Sanjo” ¿se creen vivos, o nos creen estúpidos?

A dos meses para que el emblemático Colegio Nacional San José celebre 164 años de creación; un acto despreciable –como el que ejecuto Pilatos, pero con abominables matices de cobardía, blindaje y peor aún, salpicado de complicidad– pretende realizar el director de la UGEL Chiclayo, Ali Martin Sánchez Moreno, con el que busca eludir su responsabilidad, en el caso del condenado director Marco Alexis Barreto Arellano

El 12 de julio del 2023, Ali Martin Sánchez Moreno, firmó el oficio 003854-23-GR.LAMB%GRE UGEL.CHIC, el que dirigió a su colega de la UGEL Lambayeque, AMADO FERNADEZ CUEVA, para manifestarle que “…proceda conforme a sus atribuciones (…) a la destitución automática, sin previo proceso administrativo disciplinario…” de MARCO ALEXIS BARRETO ARELLANO.

¡Miserables!

Las razones, para ser destituido todos las conocemos. Marco Alexis Barreto Arellano fue sentenciado por falsificador y el día que lo sentenciaron; mejor dicho, el día que admitió haber cometido el delito, o sea el 8 de noviembre de 2018 (Exp. N°046-2012-19), debió ser destituido, pero el tipo busco la forma de eludir el mandato judicial y las normas del sector.

Es decir – conforme lo señala Sánchez Moreno en su oficio – proceder conforme a lo dispuesto en el art. 49 literal b) de la ley N°29944 – Ley de Reforma Magisterial, así como al art. 84.3 del Reglamento de la citada Ley, aprobado por DS N° 004-2013-ED: destituirlo automáticamente, sin ningún proceso. Pero no lo hicieron.

Cuando el caso de Marco Alexis Barreto Arellano salió a la luz, por la presión de un honorable grupo de maestros Sanjosefinos, Ali Sánchez Moreno y su pandilla entraron en pánico. No querían escándalo, porque el sentenciado ya había cumplido el periodo de inhabilitación, como director en el colegio San José, cargo para el cual, estaba inhabilitado POR MANDATO JUDICIAL Y NORMAS DEL SECTOR.

Oficio «pilatos!

¡Inmorales!

Entonces, a un letrado tramposo se les ocurrió “pasar de taquito” la papa caliente a la gente de la UGEL Lambayeque. Para quienes no han seguido el caso, el oficio N°003854-23, firmado por Sánchez Moreno pareciera ser una «decisión» ajustada a la legalidad, como resultado de un supuesto proceso interno, en contra del sentenciado Marco Alexis Barreto Arellano; sin embargó no es así.

Alí Sánchez, el sentenciado MARCO BARRETO y el Gerente regional de educación Daniel Suárez, que también se ha lavado las manos; se creen vivos o nos creen estúpidos. El oficio es una inmoral patraña, para esconder la podredumbre que corroe esa entidad

Lo que quieren ocultar, estos inmorales; lo que quieren que no se sepa, es que el cargo de director que ocupa Marco Alexis Barreto Arellano, en el Colegio San José; es el resultado de una reasignación ilícita, delincuencial, mafiosa; promovida por la UGEL Chiclayo.

Centinela y diario Correo han sido los únicos medios de comunicación que han difundido con pruebas contundentes o como dicen los magistrados “con evidencias validas y demostrativas” el caso del delincuente convicto y confeso, MARCO ALEXIS BARRETO ARELLANO.

Todos lo saben

Es de dominio público, que en juicio oral del 8 de noviembre de 2018 (Exp. 046-2012-19), MARCO ALEXIS BARRETO ARELLANO, admitió haber falsificado documentos contables que consta en el “Acta de Conclusión de las Obras de Mantenimiento” de la I.E.N°160/10083 “Indoamérica” cuando el sujeto, ejercía como director en ese centro educativo.

Sentencia e inhabilitación ineludible

Por esta razón, el Juzgado Unipersonal Transitorio de José Leonardo Ortiz con Resolución Nº TRECE, condeno a BARRETO ARELLANO, a 3 años y 5 meses de pena privativa de la libertad, suspendida en su ejecución, por el delito de falsificación de documentos y lo inhabilito por el mismo periodo de tiempo, para ejercer el cargo de director.

Es en este momento, en que la UGEL Lambayeque, debió proceder conforme a los dispuesto en el art. 49 literal b) de la ley 29944 – Ley de Reforma Magisterial, así como al art. 84.3 del Reglamento de la citada Ley, aprobado por DS 004-2013-ED, es decir destituirlo automáticamente. Pero no lo hicieron, esto es una vileza.

El granuja, con la ayuda de sus amigos, que probablemente continúen trabajando en el lado podrido del sector educación chiclayano, le sacaron la vuelta a la sentencia judicial y a Ley de Reforma Magisterial. En octubre del 2019 –esta vez con el apoyo de la gente de la UGEL Chiclayo– se prestaron (¿o pagó?) para allanarle el camino; se hicieron de la vista gorda para que, pese, a que el sujeto estaba sentenciado e inhabilitado, lo dejaron participar en el concurso de reasignación.

Lo que dice la LRM

¡Lo volvió a hacer!

Marco Alexis Barreto Arellano, se comportó como la gallina que le quebraron el pico por comer huevo. Lo volvió a hacer. Para lograr la fraudulenta reasignación desde un colegio rural de Olmos al Colegio San Jose; no hubiera sido posible, sin la presunta colaboración clave, de Jose Luis Delgado Monteza, Marian Elena Ruiz Vallejos y Ciro Abad Gálvez Alcántara, presidente e integrantes del Comité de Reasignaciones 2019, de la UGEL Chiclayo, quienes no cumplieron con indagar los antecedentes judiciales del habilidoso sujeto; que volvió a mentir, en su Declaración Jurada de Hoja de Vida.

De puño y letra. Barreto Arellano, volvió a mentir y los de la UGEL Chiclayo lo permitieron

Estos funcionarios incumplieron con lo que se precisa en los literales e), g), e i), del numeral 6.1.1., de las “Disposiciones para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su reglamento” contenida en la Resolución Viceministerial N° 245-2019-MINEDU, del 25 de septiembre del 2019, que a la letra dice:

e. En caso se considere pertinente se podrá solicitar a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para docentes un informe para det3ermniar si el postulante no cuenta con acto resolutivo vigente de sanción o medida preventiva

g. Verificar si los postulantes cumplen con los requisitos establecidos en la LRM, su reglamento, y la presente norma técnica.

i. Retirar al postulante que no cumpla con las disposiciones dispuestas en la LRM, su reglamento y la presente norma técnica.

Como se podrá apreciar, los de la UGEL Chiclayo, son tan o más responsables que los de la UGEL Lambayeque. Ahora Ali Sánchez Moreno, con el apoyo de un abogado pícaro ha proyectado ese oficio infame para lavarse las manos, prolongarle la vida a MARCO ALEXIS BARRETO ARELLANO, sin importar los 164 años de gloria que son manchados, por los actos de estos miserables.

Lo que dice la norma técnica.

Indiferencia

El 28 de abril del 2023, el profesor Abel Dionisio Ballena de la Cruz ─consecuente docente sanjosefino─ denunció ante el Gobernador Regional Jorge Pérez Flores, las acciones tramposas, y la presunta complicidad de funcionarios de la UGEL – Chiclayo; con las que MARCO ALEXIS BARRETO ARELLANO había logrado hacerse del cargo de director del Colegio San Jose.

Jorge Perez fue advertido cobre el caso Barreto Arellano. No hizo nada.

Pero Perez, no le dio importancia a la denuncia.  En el «Sanjo» salvo honrosas excepciones; los representantes de estamentos sanjosefinos, como de docentes en actividad y de la Asociación de Padres de Familia, han optado por el silencio cómplice y vergonzoso.

Consecuentes

La maestra Juanita Villate, presidenta de la Asociación de Profesores Cesantes y jubilados del Colegio San José, manifestó que “No es posible que la corrupción haya llegado a estos niveles y que nadie corrija esta situación horrible, como la que sucede con este señor Barreto. Vamos a organizarnos para ejecutar protestas hasta que este señor se vaya”

Por su parte Wilson Samamé, presidente de la Asociación de exalumnos, manifestó que cuando se enteraron del caso, solicitaron una reunión con MARCO ALEXIS BARRETO ARELLANO, para escuchar su posición, pero pese a que había aceptado, a último minuto cancelo la reunión.

“A pocas semanas de celebrar el 164 aniversario de nuestro colegio, esta situación no debe continuar. El lunes estoy convocando una reunión a la directiva de la asociación para sacar un pronunciamiento, en el que exigiremos a las autoridades del sector educación, la destitución inmediata de ese señor, que llego ilegalmente a ocupar la dirección de nuestro colegio”

El caso -impulsado por Abel Ballena- está en Ministerio Publico. Ahora, en medio de ese escándalo con la actitud del jefe de la UGEL- Chiclayo, no queda ninguna duda, que MARCO ALEXIS BARRETO ARELLANO, vulgar embustero, conoce perfectamente todos los recovecos, de ese lado podrido del sector en donde se gestionan favores ilícitos. 

Los sanjosefinos esperan sanción ejemplar

Lo importante es que MARCO ALEXIS BARRETO ARELLANO, es la pista que conducirá a las entrañas de la mafia, enquistada desde hace años en el sector educación.

Este es el oficio de la vergüenza, firmado por ALI MARTIN SANCHEZ MORENO, DIRECTOR DE UGEL CHICLAYO.

Oficio 003854-2023-GR.LAMB/… by Jorge Alberto Moncada Mino

¿OTRA VEZ?: Perito Martin Pérez, asegura que, en la MPCH, arman adquisición de compactadoras “con escandaloso direccionamiento”

Un presunto direccionamiento, similar al que precedió la cuestionada compra de 12 compactadoras en la gestión Gasco, se estaría cocinado en la administración de la alcaldesa Janet Cubas, al detectarse, que los requerimientos técnicos mínimos (RTM), “servirían para adquirir compactadoras hechizas, montadas sobre chasis chinos”

A esta seria conclusión y denuncia, arribó el perito, Ing. Mecánico eléctrico Walter Martin Pérez, a quien se le solicito la evaluación de las bases para la adquisición de maquinaria para el servicio de limpieza pública, que ejecutara el Gobierno regional de Lambayeque, mediante convenio interinstitucional, aprobado recientemente por el Concejo municipal.

En efecto, sin chistar, los 15 concejales aprobaron “por unanimidad” autorizar a la alcaldesa Janet Cubas Carranza, para que suscriba con el gobernador Jorge Pérez Flores, un convenio para la compra de 3 compactadoras, 3 volquetes, 2 camionetas, 1 cargador frontal y 2 camiones de baranda, “para ayudar con el recojo de residuos sólidos”

“Documento equivalente”

Así han denominado al consolidado de las bases, del Proyecto de inversión pública (PIP) “Adquisición de compactador, volquete, camioneta y cargador frontal; además de otros activos en el (la) recolección, gestión municipal y buenas prácticas para el adecuado servicio integral de residuos sólidos distrito de Chiclayo” con CUI2600263.

En realidad, el “Documento equivalente” elaborado por el Sub Gerente de gestión de Residuos sólidos, Ing. Pedro Chavesta Diaz, es parte del expediente que se entregó a los regidores de la MPCh, para que evalúen el contenido del convenio y por supuesto, las bases, en donde se detallan los RTM, de los vehículos que adquirirá el GORE Lam., (a precios de máquinas de marca, pero terminaran adquiriendo chasis chinitos), por la suma de S/6’652,700.00.

Coincidencias inmorales

El 7 de julio del 2023, los regidores Pedro Soto Herrera Carlos Gonzales y Jorge Arévalo Chilón miembros de la Comisión de ASUNTOS LEGALES; y por otro lado, sus colegas Giovana Sabarburú, Katia Araujo Gonzales y otra vez Pedro Soto Herrera, de la COMISIÓN DE DESARROLLO AMBIENTAL, firmaron el mismo día, los dictámenes 102 y 103-2023 respectivamente, con la siguiente recomendación:

pase al pleno del Concejo Municpal para su debate y de corresponder su aprobación, autorizar a la alcaldesa la suspcripción del Conevnio especifico de Cooperación Interinstitutional entre el Gobierno regionalde Lambayeque y la Municpalidad de Chiclayo”

Para ser honesto, las escandalosas coincidencias de los “DICTAMENES” supuestamente elaborados por los regidores Pedro Soto, Carlos Gonzales Jorge Arévalo, Giovana Sabarburú y Katia Araujo, demostraría, que detrás de la compra de esta maquinaria, existiría -como en anteriores gestiones- un interés mafioso.

Al final de este informe periodístico, puede acceder a los “DICTAMENES” y demás documentos, para corroborar el porqué, de estos recelos, y obviamente, mediocre actuación de estos concejales cortados por una misma tijera.

Entonces, frente a esta realidad, la pregunta para Pedro Soto, Carlos Gonzales, Jorge Arévalo, Giovana Sabarburú y Katia Araujo, es válida: ¿Quién, señores y señoras regidoras les elaboró esos mamotretos de dictámenes?

Sin garantías accesorias

El especialista, Ing. Martin Pérez, está plenamente seguro de que, a quienes se les ha permitido elaborar las bases, para esta adquisición, han vuelto a cometer el mismo pecado.

“después de analizar el PIP, no me cabe duda de que volverán a adquirir máquina hechiza, como las que compraron las anteriores gestiones. Al revisar los expedientes, se puede determinar que han solicitado cotizaciones a proveedores q no comercializan Compactadores de Fabrica. Estas empresas venden chasis, lo cortan y montan la tolva de la Compactadora. Esto es un escándalo” dijo Martin Pérez.

Asegura, que en ninguna parte del expediente o “Documento equivalente” existe la proyección de la Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, “según lo indicado en la Directiva Nº 009‐2009‐OSCE/CD” señalo el perito.

Según la explicación del especialista la garantía accesoria es aquella que se da sobre un producto y es adicional a la garantía legal. Con esta garantía se añade un plus a la ya mencionada, permitiendo una mejora de la garantía legal. “En las bases NO EXISTE tal garantía y es muy probable q duren el mismo tiempo que sobrevivieron las que compro la gestión del señor Gasco” complemento.  

Por otro lado, el Ing. Pérez requirió a la autoridad edil que “explique porque el Ing. responsable en la refrenda de las características y demás requerimiento, no ha considerado tal garantía, teniendo en cuenta q ahorita hay un gran problema ocasionado por la falta de dicha Garantía”

¿Camión Compactador?

Respecto a la forma de la caja compactadora requerida en las bases, el ingeniero manifestó que el modelo solicitado, es un diseño antiguo.

“Esa forma cuadrada, ocasionaría desgaste en los trenes de desplazamiento para la compactación y eyección de los residuos compactados. Hoy en día la forma óptima de las tolvas de una compactadora es de forma elíptica lo cual permite menos tiempo y mayor duración de los elementos del sistema de compactación y eyección” argumento

Por otro lado, al referirse a la descripción del Chasis del vehículo, afirmo que al revisar las bases ha detectado también que “No se indica las capacidades cargas en los ejes, quedando la MPCH expuesta a que se entregue un chasis con límites máximos que no permita cargar el peso indicado es decir 11.8TN compactadas que es igual a 15m3 en volumen, lo que podría ocasionar un alto consumo de neumáticos, amortiguadores, sistema de suspensión en constante mantenimiento”

Respecto al TALGET o la fuente donde se deposita los residuos, en el momento de la recolección tiene una capacidad inferior a la hoy en día se utiliza “la MPCH solicita un TALGET de 1.8m3 cuya estructura es acero estructural y ahora hay tolvas más eficientes, y con talget de   mayores capacidades de 2.0m3 y además la estructura es trabajada en acero BRINEER 450 lo que permite una durabilidad de 4 años aproximadamente” argumento.

Volquetes y cargador

En cuanto a los volquetes dijo que “por el bien la entidad debe licitarse VOLQUETES cuya potencia se mayores a 500CV es decir mayores a 490HP.   En cuanto al cargador frontal, la altura del lampón debe ser mayor. A 5mts, y la capacidad de carga debe ser mayores 3m3 dónde el vuelco de giro debe ser con ángulos mayores a los 35° y con una carga estática mayor a 10,200 kg, lo detallado minimizaría a la intensidad y frecuencia de trabajo a la q estaría sometido el cargador frontal” explicó

Interamericana, Almacenes Santa Clara y WS tk Servicios Generales, son los postores que han presentado sus propuestas.

Veolia

Por último, el Ing. Walter Martin Pérez, recordó que en la gestión del exalcalde David Cornejo Chinguel se compró 11 Compactadoras: 2 Isuzu de 19m3, 9 Mitsubishi de 15m3, y 2 camiones barandas de 5TN. “después de que trabajaron 4 años, llego la gestión Gasco, no les dieron uso, ni mantenimiento y terminaron arrumadas”

Pérez, recordó también, que los funcionarios que llegaron con el exalcalde Marco Gasco Arrobas crearon las condiciones para que el exalcalde “se obsesione” con la contratación   del alquiler a la empresa Veolia. Agrego que cuando se denunció el caso Veolia, él elaboró un informe dando cuenta que se había vulnerado el proceso administrativo.  

“El Ing. Gayoso, encargado de la maquinaria de la MPCh, no recomendó nada, les dio de baja, a toda la maquinaria. El no tenía la capacidad funcional, ni profesional; este Señor no tuvo reparos de dar de baja, y está acción la calló el Órgano de Control, el Ministerio Público, alcalde regidores y demás funcionarios. Solo para cumplir el capricho económico de los interesados, cabe señalar que dicho responsable, aún lo tienen en la misma función” acotó

Recordemos que, gracias a peritajes anteriores, como el de la contratación a Veolia y la licitación de las compactadoras chinas (hoy arrumadas), ejecutados por la gestión Gasco. Centinela puso en alerta, la actuación de la mafia que parece, nunca se fue de la MPCh.

¡COMPROBADO!: Mafiosos sobrevaloraron Planta de Oxígeno de Olmos. Alcalde anularía convenio suscrito con GERESA

PUBLICADA 21.MAY.2021

RECUPERADA 14.JUL.2023

Centinela denunció la sobrevaloración y las extrañas movidas entre la Subgerencia de Obras de la Municipalidad de Olmos y la Gerencia Regional de Salud de Lambayeque.   

Se abrió la caja de Pandora. Alejandra Facundo Cruz -administradora en ejercicio- de la Gerencia Regional de Salud de Lambayeque (GERESA), reveló, que los expedientes técnicos elaborados por la entidad, para la adquisición de Plantas de Oxígeno para establecimientos de salud de la región, han sido sobrevalorados escandalosamente.

“He contratado a un especialista para que verifique estos expedientes técnicos de planta de oxígeno porque estarían sobrevalorados. ¿De dónde acá un expediente costaría 11 millones de soles? Ya tenemos referencia que costaría 3 millones de soles. Tengo el sustento de un profesional que concluye, que estos expedientes estarían direccionados”  

La declaración de la servidora surge, como respuesta a la acusación pública, que, en contra de su persona, ha realizado el Gerente Regional de Salud, Félix García Ahumada.

A Facundo Cruz, se le imputa, que habría actuado, supuestamente como intermediaria, en una promesa de entrega de un millón de soles, a cambio de direccionar la adquisición de plantas de oxígeno, a favor de un empresario, del rubro.   

Con la revelación de la administradora y las sospechosas idas y vueltas, entre la Subgerencia de obras de Municipalidad Distrital de Olmos (MDO) y la GERESA, se pone en evidencia, que el expediente técnico de la Planta de oxígeno de Olmos está sobrevalorado. Centinela lo advirtió.

Ante esta escandalosa verdad, una fuente de Centinela, revelo que el asustado alcalde Javier Roque Antón, habría manifestado en su círculo íntimo, que dejaría sin efecto el convenio para la construcción de la Planta de Oxígeno, que el 31AGO2020, suscribió, con el entonces Gerente de Salud, Dr. Víctor Echeandia Arellano.

En el literal c) de la Clausula Quinta, sobre Obligaciones de las partes; del impreciso Convenio de Cooperación Interinstitucional firmado entre la GERESA y la MDO se lee lo siguiente:

“Brindar asistencia técnica a la municipalidad para la creación de una Planta de Producción de Oxigeno medicinal”

Esa “asistencia técnica” significó la elaboración del expediente técnico, a cargo de la Oficina de Inversiones y Planeamiento Estratégico de la GERESA.  El financiamiento y ejecución de la obra correría por cuenta de la MDO.

El 08ENE2021, la GERESA, entregó, el expediente técnico a la MDO; sin embargo, dos meses antes, el 16NOV2020, el Ing. Melvin David Rojas More, responsable de la Unidad Formuladora de la MDO, ya había registrado en invierte.pe, el proyecto “Construcción de Central de Oxígeno, Red de Suministros de Oxígeno y Casa de Fuerza; Adquisición de Planta Generadora de Oxígeno Medicinal, por el monto total de S/ 977,896.38.

Con Oficio N° 010-2021-MDO/GM, de 19ENE2021, once días después, de haber recepcionado el expediente técnico, este fue devuelto a la GERESA “debido a las observaciones encontradas, para que realice las subsanaciones”

Quince días después, la GERESA reingreso el expediente a la MDO, supuestamente con las “observaciones subsanadas” Es aquí en donde el valor para la construcción de la planta de oxígeno, cuyo costo inicial era de S/ 977,896.38, se elevó, S/1,381,061.52.

¿Cómo lo hicieron? La historia sobre este caso, la puede leer en el siguiente link:

https://www.centineladigital.pe/geresa-reformulo-valor-de-construccion-de-planta-de-oxigeno-de-olmos-en-menos-de-15-dias-aumento-400-mil-soles-mas/

Entre tanto, una fuente que se contactó con Centinela, mientras se recogía información para este informe, revelo, lo siguiente:

 “el de arriba, ha ordenado a sus secuaces, que encuentren un proveedor pendejo, para que, después, que anulen el convenio con la GERESA, negocien la licitación; siempre y cuando, la empresa acepte facturar con el precio (sobrevalorado) de un millón 400 mil soles… y de ahí japanaja*, y todos felices”

De acuerdo a información a la que ha tenido acceso Centinela, la MDO, ha realizado un estudio de mercado para la planta de oxígeno de Olmos, con tres empresas por el valor de un millón 400 mil. Una de ellas es MODASA.

La fábrica Motores Diesel Andinos Sociedad Anónima – MODASA ha contratado con el gobierno peruano y está vendiendo plantas a través del programa Respira Perú.

Según documentación, se ha detectado que dos de las cotizaciones no son objetivas; es decir no están de acuerdo con los requisitos que exige el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, OSCE. 

“El estudio de mercado realizado por la MDO, está mal. Tienen 3 cotizaciones, pero solamente una es objetiva. Una empresa cotizo, con grupo electrógeno; las otras empresas accesorias y otras cosas. Para hacer un estudio de mercado tiene que haber como mínimo 3 cotizaciones finales, pero como se puede observar, solo una cumple con los requisitos OSCE” comento la fuente.

Lo grave de todo esto, es que, en Invierte.pe, registraron primero, que el costo de la Planta de era S/ 977,896.38; luego, osadamente, sin ninguna justificación ni sustento, han elevado escandalosamente a S/1,381,061.52.

Cotizaciones

La Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), en colaboración con ingenieros y técnicos de SERATL, realizaron el diseño y fabricación de plantas de oxígeno, con elementos importados y elementos manufacturados en el país, lo que facilita el mantenimiento y la reparación de manera eficaz pues no depende de técnicos extranjeros.

Con los requerimientos técnicos mínimos, del expediente de la planta de oxígeno, para Olmos, el 13ENE2021, este periodista solicito a la PUCP, cotización. Tres días después, llego al e-mail, el costo preliminar de la planta: S/ 490,000.00 incluido IGV.

Mediante carta del 21ENE2021, el Ing. Cesar Enrique Vásquez, de SERATL, remitió la propuesta económica siguiente:

Precio de Generador de oxígeNO :             S/ 472,000.00 inc. IGV

Precio de Booster de llenado      :              S/ 106,200.00 inc. IGV

Total                                         :              S/ 578,200.00 inc. IGV

El alcalde Javier Roque Antón, tiene mucho que explicar en este asunto.

——————————————————————

* japanaja es un modismo peruano que proviene de la expresión en inglés: «half and half», mita y mitad; cuyo pronunciamiento es “Hapa na ha” En este caso, la fuentealude, a la repartición de la coima, en partes iguales a todos los involucrados.  

Ni calco ni copia: Los posgrados nulos de la fiscal y otras implicancias

0

No es posible inscribirse en un programa de doctorado, para llevar cursos, sin haber concluido la maestría con la aprobación del trabajo de investigación

Indagaciones periodísticas que se van por las ramas y declaraciones del rector de la Universidad Alas Peruanas, realizadas hace algunas semanas, han generado cierta incertidumbre sobre los posgrados de la Fiscal Benavides. Pero en realidad esta información adicional abona la certeza de que los dos diplomas de posgrados entregados por la UAP son falsos.

El tema central de estos posgrados no radica en que los trabajos físicos o virtuales no aparecen o son de precario nivel académico, sino en que –aunque aparecieran- no tienen validez.

Incoherencia…

En un incoherente fraseo el rector de la UAP declaró hace algunas semanas que la actual Fiscal de la Nación Luego de (…) haber concluido sus grados de maestrías y doctorados del programa (en la Universidad San Martín de Porras), se incluye en un programa de actualización (en la UAP) que más del 80% de universidades peruanas hacía para el pre y para el pos. Usted podía concluir estudios de pregrado en una universidad y sustentar, posteriormente, en otra. Eso estaba legalmente establecido…”

Al respecto debe precisarse que los posgrados académicos se concluyen con la sustentación y aprobación del informe final de investigación; luego de lo cual, tras un trámite administrativo, se confiere el diploma del grado correspondiente. Ergo, quien ha concluido su posgrado no necesita inscribirse en un programa de actualización. Lo que sucede es que muchos postulantes concluyen los créditos académicos (o ciclos de estudios) pero no la investigación iniciada, quedando trunca la sustentación y obtención del grado por un tiempo determinado.

y falsedad

Así mismo, la ambigua afirmación de que este programa de actualización se implementó en “más del 80% de universidades peruanas” para “el pre y para el pos” porque “Usted podía concluir estudios de pregrado en una universidad y sustentar, posteriormente, en otra” es falsa en su extremo más importante.

Con anterioridad a la Ley N° 30220, algunos bachilleres obtenían el título profesional en una universidad diferente a la que les otorgó este grado; procedimiento que se sustentaba en una interpretación del Capítulo III (De los estudios y grados) de la anterior Ley Universitaria N° 23733 e implicaba la culminación de una fase académica: la obtención del grado de bachiller.

Sentido común

Pero lo dispuesto en el referido capítulo no facultaba a los estudiantes de posgrados para realizar este mismo procedimiento y llevar los cursos de un posgrado en una universidad y sustentar la investigación en otra, ni a las universidades promoverlo; por el contrario, los estatutos y reglamentos universitarios precisan los requisitos para acceder y egresar de estos programas e incluso prevén los traslados a otras universidades para continuar los estudios e investigaciones.

Estos requisitos son básicos y de sentido común: para inscribirse en una maestría es necesario el grado de bachiller y para postular a un doctorado se requiere contar con el grado de maestría (que sólo se obtiene con la aprobación de la tesis de investigación).

Ilícito

Sin embardo, la universidad San Martín de Porras permitió a muchos profesionales inscribirse ilícitamente en un doctorado sin haber concluido la maestría con la seguridad de “regularizar” este dolo una vez emitido el grado pendiente.

Esta práctica, que realizaban también otras universidades, concluyó al obligarse el registro de los trabajos de investigación en el RENATI, hecho que impidió continuar con este fraude. La razón es muy sencilla: Los grados académicos son progresivos, no simultáneos. Por ello, es ilícito que la USMP permitiera que la actual Fiscal Benavides acceda a un doctorado para “seguir estudios” sin haber concluido la maestría.

Pago por títulos de posgrados

El programa de actualización que la UAP implementó era básicamente una vía rápida, pero ilegal, para obtener un diploma falso de posgrado por parte de quienes habían dejado en suspenso la conclusión de sus tesis. Su costo total de 18 000 soles por cuatro meses no guarda relación alguna con las 32 horas académicas impartidas en ese lapso y por un solo docente. En realidad, y según las evidencias se trataba de un pago subrepticio para aprobar la sustentación de la investigación sin considerar las exigencias académicas ni las formalidades administrativas para ello. Era lógico entonces que ningún informe final fuera desaprobado bajo este esquema.

Este hecho implica que todos los posgrados otorgados bajo esta modalidad, en la UAP u otra universidad, son nulos… con todas las consecuencias que de ello se deriva.

Cultura del “cartón”

Los estudios de posgrado tienen carácter científico y no sólo profesional; son trabajos de investigación que desarrollan el conocimiento científico o aportan soluciones a problemas relevantes de la sociedad. La excepción son las mal llamadas maestrías de “especialización” en las que se imparten materias relacionadas con la gestión e inversión pública y de algunos avances teóricos o tecnológicos. Nada de investigación científica, pero toda una puerta abierta para el negocio y el mercado negro del “cartón” académico.

Los posgrados se han convertido en parte de una hoja de vida laboral y ante su enorme demanda las universidades, y los docentes implicados, los degradaron a una actividad más para generar ingresos económicos y la aprobación en serie de tesis producidas en base al copia y pega.

“Doctores” de fabrica

Este escenario generó la aparición de argollas al interno de la academia y una red de mediocridad en sectores públicos estratégicos como el Poder Judicial, el Ministerio Público, el magisterio y el sistema universitario, entre otros.

La implementación del Registro Nacional de Trabajos de Investigación (RENATI) y el software TURNITIN (que detecta la similitud de los trabajos) no ha eliminado esta nefasta “cultura del cartón”. Para eludir este control de calidad han hecho su aparición las “fábricas” de trabajos de investigación a las que personas, sin capacidad ni honestidad académica, recurren para cumplir su sueño del posgrado.

¡NO ME CALLARÁN!: MENSAJE A LOS TRAFICANTES DE TIERRA, DE LA COMUNIDAD CAMPESINA SANTO DOMINGO DE OLMOS

Sicarios no impedirán que se conozca la verdad, sobre el millonario tráfico de cerca de 75 mil Has. de tierras, ejecutado en los últimos 12 años. Responsabilizo a Ismael Maza Cruz, José Arroyo Soplopuco, Santos Montalbán Núñez, Ronald Pupuche Tesen y otros, si es que matones contratados, atentan contra mi vida o la de cualquier miembro de mi familia.

El 12 de junio del 2023, Yuliana Farias Parra, Gerente general y propietaria de Radio Super Union de Olmos, llamo a mi celular, para hacerme saber, que «una persona» se había contactado con ella, para proponerle “comprar a buen precio” el horario de 7 a 9 de la mañana.

Desde el 14 de febrero del 2014 -siempre de lunes a sábado de 7 a 9 de la mañana- he conducido el Informativo “MORTERO” programa periodístico de investigación y denuncia, en diferentes radioemisoras de esa localidad. Hoy en Radio Super Unión.

Yuliana Farias Parra, respondió con un contundente no a las pretensiones del emisario. Demostró integridad.

Dos días después volvió a llamarme para comentarme que SANTOS EFRAIN MONTALBÁN NUÑEZ, había cruzado la línea. Intento extorsionarla.

Como no pudieron convencerla la primera vez, para que “levante” el programa MORTERO, el despreciable personaje comunal, saco -según su mórbido pensamiento- “un as debajo de la manga” para asustar a Yuliana Farias Parra, sobre la posesión en el Cerro La Mina, en donde se encuentra antena y caseta de trasmisión de Radio Super Unión.

La extorsión no funciono. Yuliana Farias no se amilano, lo encaro, le reprocho; y el sujeto que vino por lana, salió trasquilado. Al día siguiente hice público en el programa MORTERO la delincuencial actitud de este individuo, que, como sus antecesores, están más que asustados por lo que se está divulgando en el programa.

La verdad, es que, de los cuchicheos, chismes y delaciones falsas, sobre las seudo adjudicaciones del territorio de la CCSDO, a comuneros; por primera vez, se ha puesto al descubierto las fechas, nombres, apellidos; y millones de soles que se han embolsicado los delincuentes de la Lista Celeste que implementaron un feroz tráfico de tierras.

Setenta y cinco mil Has. de tierras, de propiedad de la CCSDO, habrían sido vendidas ilegalmente en los últimos 12 años, por exdirectivos y directivos; por cifras incalculables de dinero.

No muy distinta suerte, ha corrido las 196 mil Has. de la Parcela 3 -mal llamada zona de controversia- de propiedad ancestral de la comunidad; que por decisión unilateral del expresidente Ismael Maza Cruz y su entonces secretario Jose de los Santos Arroyo Soplopuco; fueron inscritas a nombre del Gobierno Regional de Lambayeque.

Lo develado por este periodista; ha tocado el tuétano de la mafia de traficantes de tierras, es por eso, por lo que buscan acallarme. Responsabilizo a Ismael Maza Cruz, José Arroyo Soplopuco, Santos Montalbán Núñez, Ronald Pupuche y otros, si es que matones contratados, atentan contra mi vida o la de cualquier miembro de mi familia; y contra Radio Super Unión o su propietaria. Estan notificados.

En los próximos días, Centinela empezará a publicar -en varias entregas- los pormenores de esta mega investigación de trafico de tierras: quienes son y como hicieron los mafiosos, para apoderarse de miles de hectáreas de terrenos de esta comunidad, que dentro de poco solo será un nombre.